GUERRAS ARANCELARIAS: INESTABILIDAD EN LOS MERCADOS Y SU IMPACTO EN LOS SEGUROS DE AHORRO E INVERSIÓN

GUERRAS ARANCELARIAS: INESTABILIDAD EN LOS MERCADOS Y SU IMPACTO EN LOS SEGUROS DE AHORRO E INVERSIÓN

En un mundo cada vez más interconectado, las guerras arancelarias se han convertido en un factor determinante de la volatilidad de los mercados financieros. Países que elevan aranceles como medida de presión económica o protección nacional generan, intencionadamente o no, ondas de choque que afectan a inversores, empresas y consumidores. Pero ¿cómo repercute esta inestabilidad en los seguros de ahorro e inversión? Vamos a analizarlo desde una doble perspectiva: sus efectos negativos y, sorprendentemente, también algunos positivos.

 

 

¿Qué es una guerra arancelaria?

Una guerra arancelaria ocurre cuando dos o más países imponen barreras comerciales entre sí —principalmente aranceles— en un intento por proteger sus economías o presionar a sus contrapartes. Aunque puede tener objetivos estratégicos, su impacto sobre la economía global suele ser negativo: menor comercio, incremento de precios, caída del crecimiento económico y, lo más relevante para los mercados, incertidumbre.

 

Efectos negativos sobre los seguros de ahorro e inversión

  1. Mayor volatilidad en los mercados financieros
    • Las guerras arancelarias provocan incertidumbre sobre el rumbo económico global. Esto se traduce en bolsas nerviosas y activos que pierden valor rápidamente, afectando negativamente a los fondos de inversión vinculados a seguros de ahorro, especialmente aquellos con perfil más agresivo.
  2. Riesgo de rentabilidad negativa
    • Si los activos en los que invierte un seguro de inversión sufren caídas, el valor de la póliza también puede disminuir, lo que podría afectar al capital garantizado si el producto no cuenta con mecanismos de protección.
  3. Desconfianza del inversor
    • La inestabilidad lleva a muchos ahorradores a “esperar y ver”, reduciendo su disposición a contratar nuevos productos o mover su dinero hacia seguros de inversión. La falta de decisiones reduce la captación de primas nuevas y ralentiza el crecimiento del sector.

 

¿Y los aspectos positivos? Sí, los hay

  1. Refugio ante la incertidumbre
    • En momentos de alta volatilidad, algunos seguros de ahorro que ofrecen capital garantizado o rentabilidad mínima se perciben como refugios seguros. Atraen a perfiles conservadores que desean evitar riesgos innecesarios, lo que puede aumentar su contratación.
  2. Oportunidades para la gestión activa
    • Las gestoras que están detrás de los seguros de inversión pueden aprovechar las caídas del mercado para reposicionar carteras y adquirir activos a precios atractivos. A medio o largo plazo, esto puede traducirse en rentabilidades más altas.
  3. Interés en diversificación geográfica
    • Las tensiones comerciales llevan a explorar mercados menos expuestos al conflicto (por ejemplo, emergentes o regiones con acuerdos de libre comercio estables), lo que impulsa la diversificación dentro de los productos aseguradores.

Las guerras arancelarias son, sin duda, un factor de riesgo para los mercados financieros y los productos vinculados a ellos, como los seguros de ahorro e inversión. Sin embargo, también abren una ventana para estrategias más prudentes, búsqueda de seguridad y diversificación inteligente. La clave para los ahorradores está en comprender su perfil de riesgo, mantenerse informados y confiar en productos que se adapten a sus objetivos a largo plazo.

En tiempos de incertidumbre, más que nunca, la planificación financiera consciente se convierte en la mejor herramienta de protección.

 

 

Publicado el 25 de Abril de 2025
Por Ángel Luis Gamino
Departamento de Seguros

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FORMACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN: CLAVES PARA CUMPLIR LA LEY DEL DESPERDICIO ALIMENTARIO

FORMACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN: CLAVES PARA CUMPLIR LA LEY DEL DESPERDICIO ALIMENTARIO

El pasado 3 de abril de 2025 entró en vigor la Ley 1/2025 de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, cuyo objetivo principal es prevenir y reducir las pérdidas y el desperdicio de alimentos a lo largo de toda la cadena alimentaria, desde la producción hasta el consumo final.

 

Para alcanzar este fin, la normativa establece una serie de medidas específicas orientadas al aprovechamiento de los excedentes alimentarios, dando prioridad a su donación con fines sociales. Asimismo, obliga a los sectores implicados, especialmente la hostelería, el comercio y la restauración, a desarrollar e implementar planes de prevención, así como acciones de formación y concienciación, que garanticen una gestión sostenible y responsable de los alimentos.

El plan de prevención de pérdidas y desperdicio alimentario deberá permitir a cada entidad realizar un autodiagnóstico de sus procesos productivos, identificar los puntos críticos donde se generan pérdidas y definir medidas concretas para minimizarlas. Asimismo, deberá contemplar la aplicación de la jerarquía de prioridades establecida en el artículo 5 de la ley, que constituye el siguiente orden para el destino de los excedentes alimentarios:

  1. Consumo humano (preferiblemente mediante donación).
  2. Transformación.
  3. Alimentación animal.
  4. Usos industriales.
  5. Reciclaje.

En los casos en que se formalice un acuerdo de donación de excedentes alimentarios, dicho acuerdo deberá incluir las condiciones específicas de recogida, transporte, conservación y distribución de los alimentos, garantizando en todo momento la seguridad alimentaria y el cumplimiento de la normativa vigente.

La ley también destaca, en diversos apartados, la importancia de la formación y la sensibilización como herramientas clave para la prevención del desperdicio alimentario. Estas acciones formativas no están únicamente dirigidas a las personas trabajadoras, sino que también incluyen a los consumidores y al personal voluntario, fomentando una cultura de consumo más consciente y responsable.

En este sentido, la formación se presenta como una estrategia fundamental para mejorar la eficiencia en la gestión de los alimentos, avanzar hacia un modelo de consumo más sostenible y garantizar la efectividad de la norma. Solo a través de la educación y la concienciación es posible transformar hábitos, modificar comportamientos y reducir de manera significativa el desperdicio alimentario en todos los sectores implicados.

Desde GRUPO DATA, como centro especializado en formación, y entidad acreditada por el por el Servicio Público de Empleo Estatal y Organizadora de la Fundación Estatal para el Empleo con nº de Expediente B257265AD, nos encargamos de toda la gestión necesaria para la realización de cursos de formación y asesoramiento en este ámbito.

 

 

Publicado el 25 de Abril de 2025
Por Raquel Costa
Responsable de Formación Bonificada

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PROTECCIÓN SOCIAL PARA LAS PERSONAS TRABAJADORAS DONANTES DE ÓRGANOS

PROTECCIÓN SOCIAL PARA LAS PERSONAS TRABAJADORAS DONANTES DE ÓRGANOS

El pasado día 3 de marzo entró en vigor tanto el nuevo permiso retribuido destinado a donantes de órganos o tejidos como la situación especial de incapacidad temporal en la que se encuentre la persona trabajadora donante de órganos o tejidos para su trasplante.

La Ley 6/2024, de 20 de diciembre, para la mejora de la protección de las personas donantes en vivo de órganos o tejidos para su posterior trasplante trae consigo estas dos novedades que modifica la normativa socio-laboral incluyendo este nuevo permiso retribuido y esta nueva situación especial de baja laboral.

Hay que recordar, tal y como hace el Preámbulo de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, que nuestro país es líder mundial en donación de órganos, siendo nuestro sistema de trasplantes un referente a nivel internacional. Tomando muy en consideración estos datos el legislador ha estimado necesario otorgar una protección especial a las personas trabajadoras donantes.

Como sabemos, y así lo indica el apartado 3 del artículo 37 Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (en adelante, ET) las personas trabajadoras podrán ausentarse del trabajo, sin pérdida de remuneración, en determinados supuestos y por el tiempo señalado en cada caso.

En relación con lo anterior, la mencionada Ley 6/2024 modifica el artículo 37.3 ET introduciendo un nuevo permiso retribuido en el apartado (g [sic]) cuyo contenido establece que las personas trabajadoras podrán ausentarse de su puesto “por el tiempo indispensable para la realización de los actos preparatorios de la donación de órganos o tejidos siempre que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo”.

En cuanto a la nueva situación especial de incapacidad temporal por donación de órganos o tejidos para su trasplante, que se une a la menstruación incapacitante y a la gestación de la mujer trabajadora desde el día primero de la semana trigésima novena, podemos señalar las siguientes notas características:

  • Se regula en el artículo 169 Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (en adelante, TRLGSS)
  • Se considera contingencia común.
  • Comprende tanto los días discontinuos en los que la persona trabajadora deba ausentarse como los ininterrumpidos.
  • El donante debe recibir asistencia de la Seguridad Social.
  • La protección se dispensa tanto los días previos a la intervención, destinados a la preparación de la cirugía, como los transcurridos desde el primer día de ingreso hasta el día de alta médica por curación.

Además de lo señalado explícitamente en el mencionado artículo 169 TRLGSS, a lo largo del Capítulo V del Título III de este texto legal se señalan dos cuestiones muy importantes. De un lado, no se exige periodo mínimo de cotización para el acceso a esta prestación y, de otro, se percibe el 100% de la base reguladora de la prestación desde el primer día, a diferencia del resto de situaciones derivadas de contingencias comunes.

Ni que decir tiene que, durante esta situación, al igual que durante otras similares, se mantiene la obligación de cotizar a la Seguridad Social de conformidad con lo dispuesto en el artículo 144 del TRLGSS.

Por último, hay que señalar que este nuevo permiso retribuido se hace extensible a la figura de los empleados públicos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).

 

Publicado el 28 de Marzo de 2025
Por Eloy Cuacos
Departamento Jurídico

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LA IMPORTANCIA DE CONTRATAR SEGUROS DE CONTINGENCIAS PARA LAS PROCESIONES DE SEMANA SANTA

LA IMPORTANCIA DE CONTRATAR SEGUROS DE CONTINGENCIAS PARA LAS PROCESIONES DE SEMANA SANTA

La Semana Santa es una de las festividades más esperadas y significativas en muchas partes del mundo, especialmente en España y América Latina. Durante estas fechas, miles de cofradías organizan procesiones que implican la movilización de numerosos participantes, así como la utilización de valiosos bienes patrimoniales. Sin embargo, cualquier evento de esta magnitud conlleva riesgos imprevistos, por lo que contratar un seguro de contingencias se vuelve fundamental para garantizar la seguridad y el desarrollo adecuado de las celebraciones.

 

 

¿Qué es un Seguro de Contingencias y qué Cubre?

Un seguro de contingencias es una póliza diseñada para proteger a los organizadores de eventos frente a situaciones inesperadas que puedan afectar su celebración. En el caso de las procesiones de Semana Santa, estos seguros pueden cubrir:

  • Cancelación o suspensión del evento: En caso de inclemencias del tiempo, situaciones de emergencia o problemas logísticos que impidan la realización de la procesión.
  • Daños materiales: Protección frente a deterioros o pérdidas de imágenes religiosas, pasos, estandartes y otros elementos patrimoniales.
  • Gastos adicionales: Cobertura de gastos extras derivados de la reprogramación o cancelación de la procesión.

 

Seguros de Responsabilidad Civil y Accidentes para Procesiones

Además del seguro de contingencias, es altamente recomendable contar con otros tipos de pólizas, como el seguro de responsabilidad civil (RC) y el seguro de accidentes para los participantes.

 

Seguro de Responsabilidad Civil

Este tipo de seguro protege a la cofradía o hermandad organizadora en caso de que un tercero sufra daños personales o materiales durante la procesión. Algunas coberturas clave incluyen:

  • Indemnización por lesiones a espectadores o participantes.
  • Daños ocasionados a bienes de terceros.
  • Defensa legal en caso de reclamaciones.

 

Seguro de Accidentes para los Participantes

Los costaleros, nazarenos, músicos y demás integrantes de la procesión están expuestos a diversos riesgos físicos. Un seguro de accidentes cubre:

  • Atención médica en caso de lesiones.
  • Incapacidad temporal o permanente.
  • Indemnización en caso de fallecimiento.

 

Conclusión

Las procesiones de Semana Santa son eventos de gran importancia cultural y religiosa, pero también implican riesgos considerables. Contar con un seguro de contingencias, así como con pólizas de responsabilidad civil y accidentes, es una medida esencial para garantizar la seguridad de todos los involucrados y la protección del patrimonio histórico. Contratar estos seguros no solo es una inversión en tranquilidad, sino también una muestra de responsabilidad y previsión ante cualquier eventualidad.

Si formas parte de una cofradía u organizas una procesión, asegúrate de consultar con expertos en seguros para elegir la mejor cobertura para tu evento. ¡Que la Semana Santa transcurra con fe y seguridad!

 

 

Publicado el 28 de Marzo de 2025
Por Ángel Luis Gamino
Departamento de Seguros

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LEY DE CIBERRESILIENCIA EUROPEA

LEY DE CIBERRESILIENCIA EUROPEA

El pasado del 10 de diciembre de 2024, entró en vigor el Reglamento de Ciberresiliencia de la Unión Europea (CRA, por sus siglas en inglés: Cyber Resilience Act), una nueva legislación clave destinada a mejorar la seguridad y resiliencia cibernética de los productos conectados a internet. Este reglamento establece un conjunto de normas para asegurar que los productos y servicios tecnológicos que se comercialicen en la UE cumplan con estrictos estándares de seguridad cibernética durante su ciclo de vida.

La mencionada normativa afecta principalmente a fabricantes de productos digitales, desarrolladores de software, distribuidores e importadores y otro tipo de actores incluyendo aquellos dedicados a la reventa de productos, siempre que participen en el suministro de productos afectados en el mercado europeo y supone:

 

1. Obligaciones de seguridad para productos y servicios conectados

  • Diseño seguro: Los fabricantes deben garantizar que sus productos estén diseñados para resistir ataques cibernéticos y sean seguros desde su creación.
  • Ciclo de vida completo: No solo deben ser seguros al momento de la venta, sino que también deben contar con actualizaciones de seguridad y mantenimiento a lo largo de su vida útil.

 

2. Gestión de riesgos

  • Las empresas deben realizar una evaluación de riesgos cibernéticos antes de poner un producto en el mercado, identificando y mitigando las posibles vulnerabilidades.
  • Deben aplicar medidas adecuadas para reducir los riesgos de ciberseguridad, estableciendo controles para minimizar las amenazas a la seguridad de los usuarios.

3. Actualizaciones de seguridad periódicas

  • Los fabricantes tienen la obligación de proporcionar actualizaciones de seguridad para los productos que comercializan, asegurándose de que los usuarios puedan mantener sus dispositivos y servicios protegidos frente a nuevas vulnerabilidades.

 

4. Notificación de incidentes

  • En caso de que se descubra una vulnerabilidad importante en sus productos, los proveedores deben notificar rápidamente a las autoridades y a los usuarios afectados. Esto permite una respuesta rápida ante posibles amenazas cibernéticas.

 

5. Transparencia hacia los consumidores

  • Se requiere que las empresas informen de manera clara sobre las características de seguridad de sus productos, permitiendo a los consumidores tomar decisiones informadas sobre los productos que adquieren.
  • También se incluye la obligación de informar sobre los riesgos asociados a los productos y las medidas que se han tomado para mitigar estos riesgos.

 

6. Supervisión y cumplimiento

  • Los productos y servicios estarán sujetos a la supervisión de las autoridades nacionales y europeas. Las autoridades podrán realizar auditorías y verificar el cumplimiento de las normativas de seguridad.
  • Se impondrán sanciones a aquellos fabricantes que no cumplan con las normas de ciberseguridad establecidas en la ley.

 

7. Ampliación de la responsabilidad de los proveedores

  • No solo los fabricantes de hardware están sujetos a la ley, sino también los proveedores de servicios digitales, plataformas en línea y otros actores clave en el ecosistema digital. Todos deben garantizar que sus productos sean ciberseguro.

 

8. Nuevas normativas para dispositivos IoT

  • La ley incluye disposiciones especiales para los dispositivos IoT (Internet de las Cosas), dada la creciente preocupación por las vulnerabilidades en estos dispositivos conectados. Estos dispositivos deben cumplir con requisitos de seguridad robustos y estar protegidos contra posibles ataques.

 

9. Fomento de la innovación y la competitividad

  • A pesar de las estrictas regulaciones, el reglamento está diseñado para fomentar la innovación en el sector tecnológico, creando un entorno más seguro que aumente la confianza de los consumidores y usuarios en los productos tecnológicos.

 

10. Cooperación internacional

  • La Ley de Ciberresiliencia también promueve la cooperación entre los estados miembros de la UE y con otros actores internacionales para fortalecer las normativas globales de seguridad cibernética, colaborando en la prevención y respuesta ante ciberamenazas.

 

En definitiva, el propósito de la ley es responsabilizar más a los vendedores y proveedores, obligándolos a brindar soporte de seguridad y actualizaciones de software para solucionar las vulnerabilidades identificadas a lo largo del ciclo de vida del producto y brindar a los consumidores más información sobre los productos en el mercado.

A pesar de entrar en vigor el 10/12/2024, no se llevará a cabo una aplicación plena, ya que no producirá sus efectos hasta diciembre de 2027, algunas disposiciones, como la notificación de vulnerabilidades, entrarán en vigor antes, a partir de 2026. Por lo tanto, el reglamento será aplicable:

  • de forma general, desde el 11 de diciembre de 2027;
  • desde el 11 septiembre de 2026, lo relativo a las obligaciones de información de los fabricantes;
  • desde el 11 de junio de 2026, lo relativo a la notificación de los organismos de evaluación de la conformidad

Esto se debe a que los fabricantes dispondrán de un plazo de hasta 36 meses desde la entrada en vigor de la norma para adaptarse a su cumplimiento.

 

Publicado el 28 de Marzo de 2025
Por Alfredo Barroso
Departamento Jurídico

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FORMACIÓN EN REGISTRO DE JORNADA: CLAVES PARA CUMPLIR LA NORMATIVA LABORAL

FORMACIÓN EN REGISTRO DE JORNADA: CLAVES PARA CUMPLIR LA NORMATIVA LABORAL

La formación en registro de jornada es un aspecto fundamental para el cumplimiento normativo en ámbito laboral. La Ley 8/2019, de 8 de marzo, de Medidas Urgentes para la Garantía de la Calidad en el Empleo y la Reforma del Mercado de Trabajo establece la obligación de las empresas a registrar la jornada laboral de sus trabajadores. Su principal objetivo es garantizar la transparencia en las relaciones laborales y evitar abusos, como la falta de remuneración por horas extraordinarias o el incumplimiento de los tiempos de descanso.

 

Aunque no existe una normativa específica que regule la formación en el registro de jornada, la Ley 8/2019 y diversas resoluciones del Ministerio de Trabajo y Economía Social destacan la importancia de que las empresas capaciten a sus responsables y empleados para garantizar la correcta aplicación de estas medidas. Una formación adecuada no solo facilita el cumplimiento normativo, sino que también ayuda a evitar errores que podrían derivar en sanciones o multas. Además, permite asegurar el respeto de los derechos laborales, promoviendo un entorno de trabajo más equitativo y transparente.

Es evidente que, la correcta aplicación de la normativa depende de que las empresas ofrezcan una formación integral que aborde aspectos como los procedimientos de registro de jornada, el uso de herramientas digitales para gestionar las horas de trabajo de manera eficiente y precisa, y la protección de los derechos de los trabajadores. En este sentido, la formación en registro de jornada se presenta como una herramienta esencial para garantizar la implementación de la normativa laboral y promover una cultura de transparencia y justicia en el entorno laboral.

Nuestro curso te proporcionará las herramientas necesarias para diseñar e implementar un sistema de registro de jornada eficaz, garantizando que el registro de las horas de trabajo sea preciso y conforme a la normativa vigente.

 

CONTENIDO

 

1. Introdución

1.1. Objetivo y relevancia del estudio

1.2. Evolución histórica de la jornada

1.2.1. Métodos manuales de registro de jornada

 

2. Marco normativo

2.1. Normativa europea

2.2. Normativa nacional

2.3. Convenios colectivos

 

3. Aspectos clave

3.1. Definición de registro de jornada

3.2. Principios básicos

3.3. Garantía de los derechos laborales

3.4. Prevención de abusos y fraude laboral

 

4. Tipología de registros de jornada

4.1. Registros mecánicos

4.2. Registros electrónicos

4.3. Otros métodos

 

5. Ventajas y desventajas del registro de jornada

5.1. Control horas extras y complementarias

5.2. Distribución irregular jornada

 

6. El registro de jornada en el derecho de trabajo en España

6.1. Competencia y autoridad de control

6.2. Obligaciones y sanciones por incumplimiento en el registro de la jornada

 

7. Control horario desde la perspectiva de la protección de datos

 

8. Registro de jornada y la desconexión digital

 

9. Herramienta de control horario

 

Desde Grupo Data como entidad acreditada por el por el Servicio Público de Empleo Estatal y Organizadora de la Fundación Estatal para el Empleo con nº de Expediente B257265AD, nos encargamos de gestionar de manera integral todos los trámites necesarios para la realización de cursos de formación bonificada.

 

 

Publicado el 28 de Marzo de 2025
Por Raquel Costa
Responsable de Formación Bonificada

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SEGURO DE PRIMA ÚNICA DE DECESOS: EL GRAN DESCONOCIDO

SEGURO DE PRIMA ÚNICA DE DECESOS: EL GRAN DESCONOCIDO

Este tipo de seguro es una opción cada vez más popular entre quienes buscan garantizar tranquilidad a sus seres queridos en momentos difíciles y no han contratado nunca un seguro de decesos tradicional con pago periódico.

 

 

¿Qué es el Seguro de Prima Única de Decesos?

Es una modalidad de seguro que cubre los gastos derivados del fallecimiento del asegurado, como el servicio funerario, traslados y otros gastos asociados. Su principal ventaja es que el asegurado realiza un único pago en lugar de abonar cuotas mensuales o anuales, lo que lo convierte en una opción ideal para personas de avanzada edad sin póliza de decesos.

 

Ventajas del Seguro de Prima Única

  1. Pago único: No hay preocupaciones por pagos futuros ni incrementos de prima con el tiempo.
  2. Cobertura inmediata: En la mayoría de los casos, la cobertura entra en vigor desde el momento de la contratación.
  3. Tranquilidad para la familia: Asegura que los familiares no tengan que asumir gastos inesperados en un momento difícil. Así como la despreocupación de tramitar documentación.
  4. Sin revisión médica: la mayoría de compañías no requieren exámenes médicos previos, facilitando la contratación a personas mayores

 

¿A quién va dirigido?

  • Personas de avanzada edad, normalmente mayores de 70 – 75 años que no tienen contratada póliza de Decesos y desean asegurarse.
  • Aquellas personas que, aunque por edad sí pudieran contratar póliza de decesos tradicional, pero debido a su estado de salud no fueran asegurables por las compañías.

 

Consideraciones Antes de Contratarlo

En definitiva, este seguro es una alternativa práctica y sin complicaciones para quienes desean garantizar un respaldo económico a sus familiares en un momento delicado. Si estás considerando contratarlo, consúltanos para obtener la mejor opción según tu situación.

 

Publicado el 28 de Febrero de 2025
Por Ángel Luis Gamino
Departamento de Seguros

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LA PREVISIÓN DEL ECOMMERCE EN EL 2025

LA PREVISIÓN DEL ECOMMERCE EN EL 2025

En lo que llevamos de 2025, el comercio electrónico está experimentando transformaciones significativas debido a los constantes avances tecnológicos y cambios en las expectativas de los consumidores y usuarios. Es por ellos que, a continuación, os destacamos las principales tendencias en el sector:

 

1. Integración de la Inteligencia Artificial (IA): La integración de la IA, en el proceso de compra o contratación de servicios, está revolucionando la personalización de la experiencia de los consumidores y usuarios . Las empresas emplean herramientas con IA para analizar datos de comportamiento y preferencias de los consumidores,  para ofrecer recomendaciones más exactas y promociones que se ajusten a sus necesidades para incrementar la fidelidad del consumidor y las posibles ventas.

2. Sostenibilidad:  Un factor a tener más en cuenta, por los consumidores, son aquellas prácticas responsables y sostenibles incorporadas en nuestra actividad diaria. El empleo de medidas sostenibles no solo fortalece la relación con clientes conscientes, sino que tambien puede ser un factor diferencial en el mercado competitivo.

3. Avances en métodos de pago y seguridad: El empleo de wallets digitales, pagos a través de códigos QR y el uso de transferencias instantáneas o bizum está en aumento, mejorando la experiencia del usuario y otorgandole más opciones de pago, para que la esperiencia de compra se adapte lo mejor posible. Todas estas modalidades de pago, requieren sistemas de seguridad robustos, para evitar cualquier imprevisto, como autenticación multifactor y algoritmos de detección de fraudes en tiempo real, y así, garantizar la confianza del consumidor.

4. Logística inteligente: uno de los campos que más a evolucionado es la automatización de procesos logísticos, ya que hay empresas que han incluido  elementos como drones y vehículos autónomos, para así, optimizar el tiempo de entega, logrando una mayor rapidez y precisión,  no solo eso, si no que existe la posibilidad de reducir costes y mejorar la sostenibilidad de las operaciones.

5. Comercio en tiempo real (Live Commerce): con el uso de las redes sociales, el Live Commerce se consolida como una herramienta esencial en tu negocio para aumentar la interacción con los usuarios. Las empresas invierten en infraestructura que permita mejorar la experiencia de ventas y llegar a nueva audiencia a través de transmisiones en vivo interactivas y de alta calidad.

6. Modelos de suscripción: uno de los modelos de negocio mas en auge son los modelos de suscripción, ya que los consumidores buscan servicios más atentos y personalizados, consiste en ofrecer productos, como cajas sorpresa mensuales personalizadas o entregas periódicas, para ofrecer una experiencia más personalizada y fomentar la lealtad del cliente.

7. Realidad aumentada (RA): La integración de la RA permite a los usuarios visualizar productos en su entorno  los productos, antes de la compra, lo que potencia las conversiones y reduce las devoluciones.

Desde Grupo Data, te informamos de las últimas tendencias aplicables al comercio electrónico, debido a la constante evolución donde la tecnología y las expectativas de los consumidores están redefiniendo la experiencia de compra.

 

Publicado el 28 de Febrero de 2025
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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TODO LO QUE NECESITAS SABER PARA DISEÑAR UN PLAN DE FORMACIÓN EXITOSO

TODO LO QUE NECESITAS SABER PARA DISEÑAR UN PLAN DE FORMACIÓN EXITOSO

En el entorno empresarial actual, marcado por constantes cambios y una competencia cada vez más intensa, las empresas deben enfrentarse a nuevos desafíos para mantenerse competitivas y relevantes en el mercado. Un aspecto fundamental de esta adaptación es fortalecer las soft skills y las competencias técnicas de los equipos de trabajo, especialmente en áreas clave como el trabajo en equipo, la resolución de conflictos, el liderazgo y la gestión. En este contexto, la formación continua se ha consolidado como un recurso esencial para el crecimiento profesional de los empleados.

 

La formación bonificada para empresas, también conocida como formación programada o formación continua, es una formación subvencionada que permite que las empresas ofrecer acciones formativas a sus empleados, relacionadas con la actividad de la compañía o con el puesto de trabajo, para que estos actualicen o mejoren sus competencias a coste 0€, ya que el importe de la acción formativa se puede bonificar en las cuotas de la Seguridad Social.

A fin de garantizar que el plan de formación sea efectivo, es recomendable seguir una serie de etapas claves que permitan alinear las necesidades de la empresa con el desarrollo de su personal:

 

1. Evaluar la situación inicial

El primer paso fundamental en el diseño de un plan de formación, consiste en realizar un análisis exhaustivo de la situación actual de la empresa. Este análisis puede llevarse a cabo mediante herramientas como el análisis DAFO (Debilidades, Amenazas, Fortalezas y Oportunidades), que permite identificar las carencias formativas de los empleados, así como las áreas de mejora y las oportunidades de crecimiento. Con esta información, se obtiene una visión clara de las necesidades formativas de cada trabajador.:

 

2. Establecer objetivos

Una vez evaluada la situación, el siguiente paso es definir los objetivos específicos de formación. Para ello, es necesario identificar las necesidades de aprendizaje de los empleados en sus respectivos puestos de trabajo. Establecer metas claras y alcanzables garantiza que el plan de formación sea relevante y dirigido a cubrir las carencias, lo que facilitará el éxito en su implementación.

 

3. Diseñar el plan formativo

En esta etapa, se define cómo se llevará a cabo la formación. Esto incluye la elaboración de un cronograma detallado que contemple la programación de las acciones formativas, los recursos necesarios, los horarios, el presupuesto y la modalidad de las formaciones (presenciales, online o híbridas). Además, es fundamental establecer los contenidos específicos que se abordarán, así como las fechas de impartición, para asegurar que la formación sea eficiente y bien organizada.

 

4. Evaluación de los resultados

Una vez finalizada la formación, es fundamental realizar una evaluación para medir los resultados obtenidos. Esto se logra mediante indicadores que comparen los objetivos iniciales con los logros alcanzados, tanto a nivel de la empresa como de los trabajadores. Establecer estos indicadores desde el principio facilita la medición del impacto de la formación en la productividad y el desarrollo profesional de los empleados. Además, la creación de un informe sobre las acciones realizadas permite ajustar futuras formaciones y mejorar continuamente los procesos de aprendizaje dentro de la organización.

 

Grupo Data, como entidad acreditada por el Servicio Público de Empleo Estatal y entidad organizadora de la Fundación Estatal para el Empleo con nº de Expediente B220076AE, nos encargamos de toda la gestión necesaria para la realización de cursos de formación bonificada. Si tienen alguna duda o consulta, pueden ponerse en contacto con nuestro equipo de expertos, quienes estarán encantados de asistirles.

Además, nos encargamos de desarrollar el Plan de Formación adaptado a su empresa. Con un enfoque personalizado, nos aseguramos de que cada empleado reciba la formación adecuada para mejorar su rendimiento y contribuir tanto a su crecimiento personal como al éxito global de la organización.

 

 

Publicado el 28 de Febrero de 2025
Por Raquel Costa
Responsable de Formación Bonificada

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NUEVAS MEDIDAS PARA LA SOSTENIBILIDAD, DIGITALIZACIÓN Y ESTABILIDAD EN EL EMPLEO QUE REFUERZA LA ACTUAL REFORMA LABORAL

NUEVAS MEDIDAS PARA LA SOSTENIBILIDAD, DIGITALIZACIÓN Y ESTABILIDAD EN EL EMPLEO QUE REFUERZA LA ACTUAL REFORMA LABORAL

El Consejo de Ministros ha dado un paso importante en la mejora de las condiciones laborales, aprobando un anteproyecto de ley que establece la reducción de jornada laboral máxima a 37,5 horas semanales. Dicha reforma es fruto del acuerdo alcanzado con los principales sindicatos, UGT y CCOO, teniendo como objetivo mejorar el equilibrio entre la vida personal y laboral, un aspecto que ha cobrado gran relevancia en los últimos años debido a la creciente digitalización del trabajo y el aumento de las jornadas laborales en algunos sectores.

La implantación de dicha medida beneficiará especialmente a sectores con jornadas laborales largas, como es el caso de la hostelería, el comercio y la agricultura. Además, el nuevo marco legislativo introduce un sistema de registro de jornada laboral digital, que permite tanto a las personas trabajadoras como a la inspección de trabajo acceder de manera más fácil a la información sobre las horas trabajadas, asegurando la autenticidad de los datos aportados. Este registro es obligatorio para todas las empresas las cuales deben implantar medidas que permitan supervisar las condiciones laborales de manera más efectiva y reducir las irregularidades en el control de las horas de trabajo.

Un aspecto clave de la presente reforma, es reforzar el derecho de desconexión digital, que garantizará al personal laboral puedan desconectar completamente del trabajo fuera de su jornada laboral. Dicho derecho tiene como objetivo la protección de la salud mental de los empleados y empleadas. Las empresas que no respeten este derecho o el nuevo sistema de registro de jornada podrán enfrentarse a sanciones económicas que oscilan desde los 1.000 hasta los 10.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción cometida.

Por otro lado, la reforma también establece que los convenios colectivos deberán adaptarse a la nueva normativa antes del 31 de diciembre de 2025, proporcionado un gran margen temporal para que las empresas y sindicatos puedan negociar y ajustar dichas condiciones según las nuevas disposiciones.

En este sentido, el Gobierno también ha anunciado que se abrirá una mesa de diálogo social para evaluar el impacto de esta reforma, asegurando que se sigan teniendo en cuenta las necesidades tanto del trabajador como de la propia empresa. Esta iniciativa representa un avance en la creación de un mercado laboral más adaptado, promoviendo un entorno de trabajo más justo, saludable y flexible.

En definitiva, este nuevo anteproyecto supone:

  • La reducción de la jornada laboral legal máxima por primera vez desde 1983.
  • Adaptación del registro de jornada, ya que debe ser interoperable, accesible, digital, fiable y objetivo.
  • También prevé la modificación de multas por cada trabajador/a sujeto de la infracción
  • Definición del derecho a la desconexión como un derecho irrenunciable para evitar que pueda exigirse el desarrollo de la prestación fuera de los horarios pactados, respetando el derecho al descanso y a la propia intimidad de las personas trabajadoras frente al uso de los dispositivos de videovigilancia y geolocalización.

 

Publicado el 28 de Febrero de 2025
Por Alfredo Barroso
Departamento Jurídico

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