COMO TRANSMITIR CONFIANZA A TRAVÉS DE TU ECOMMERCE

COMO TRANSMITIR CONFIANZA A TRAVÉS DE TU ECOMMERCE

Como todos podemos comprobar, el comercio electrónico, como método de venta, está presente no solo en las grandes empresas sino que también en las pymes.

No todo es positivo con el reciente incremento de la mencionada modalidad de venta, si no que ciberdelincuentes han aprovechado el auge del sector para beneficiarse del desconocimiento de los consumidores de internet, causando desconfianza debido a las malas experiencias.

Ganarse la confianza del cliente potencial es complicado debido a la contratación del servicio a distancia. Además, en el caso de la venta de productos, no contemplar los mismos en de forma presencial crea dudas en el usuario de internet.

GRUPO DATA, quiere facilitarte una serie de claves para causar confianza en el usuario de internet y apueste por querer contratar el bien o servicio ofrecido en vuestro ecommerce:

  • Disponer de un Aviso Legal, que contenga todos los datos, principalmente los identificativos y de contacto, exigidos por la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico. Gran parte de las páginas web no se identifican correctamente y el no saber a quién se dirige el usuario provoca que no se decida seguir navegando por nuestra web.
  • Mostrar en todo momento la Política de privacidad y que se encuentre adaptada a la normativa de protección de datos (Reglamento General de Protección de Datos y La Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales). Todos los ecommerces para la tramitación de los pedidos tratan datos de clientes, por lo tanto, hay que informar sobre el tratamiento de sus datos, periodo de conservación, derechos que asisten al usuario en la materia…
  • Disponer de Términos y Condiciones Generales de Contratación que se ajusten a la Ley Genera para la Defensa de Consumidores y Usuarios. El usuario debe de tener en todo momento acceso a las condiciones que se va a quedar sujeto a la hora de contratar el bien o servicio que se ofrece, otorgándole toda la información necesaria, por ejemplo: como tramitar un pedido, métodos de pago, información sobre la devolución, gastos de envío
  • Tener habilitado certificado SSL en la web, ya que es un indicativo para el usuario de que la conexión es segura. Permite al contratante del sitio web saber que su información, como puede ser el número de las tarjetas de crédito, contraseñas o los datos de contacto, se encuentran de forma segura.
  • Tener disponible un apartado que contenga las opiniones de los usuarios. Tanto del proceso de compra como del producto o servicio final. Una buena experiencia con un cliente puede desembocar en una nueva venta, por el contrario, las malas experiencias crean desconfianza en los nuevos usuarios que se adentren en la web.

Por ello, desde GRUPO DATA, queremos ayudar a ganarte la confianza de los usuarios de internet, facilitando todas las pautas y clausulados necesarios en tu ecommerce.

A continuación, facilitamos unos tips para evitar ecommercers fraudulentos:

 

 

 

Publicado el 27 de Octubre de 2021
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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SEGUROS PARA AUTONOMOS

SEGUROS PARA AUTONOMOS

 

Los seguros para autónomos son una garantía para el profesional independiente, ya que es una ayuda ante hechos imprevisibles, surgidos durante el desarrollo de la actividad profesional.

 

Todas las actividades económicas no son iguales, ni tienen las mismas obligaciones. El trabajador por cuenta propia solo está obligado a pago de la cuota mensual como autónomo, hecho que cambia si cuenta con trabajadores, si la actividad se desarrolla en local comercial, etc. Es por ello que, se recomienda tener un seguro de responsabilidad civil y de baja laboral.

El seguro de Responsabilidad Civil se encuentra destinado a cubrir son los daños que podamos ocasionar durante el desarrollo de la actividad. Se trata de un seguro imprescindible si se dispone de local comercial y obligatorio para profesionales como, por ejemplo: abogados, médicos, instalaciones de gas y electricidad, etc.

Según el Estudio Nacional del Autónomo, ENA, el 72% de los trabajadores por cuenta propia tiene miedo a pedirse una baja laboral por la pérdida de ganancia que supone. La contratación de este seguro puede ser la solución a este problema.

El seguro de baja laboral trata de compensar los ingresos que se dejan de percibir cuando el trabajador causa baja y no puede seguir desarrollando su profesión durante un tiempo determinado.

Existen dos tipos de seguro de baja laboral, con y sin baremo. En el primero se percibe una indemnización fija independientemente de los días que el trabajador vaya a estar de baja. El segundo indemniza por los días que el trabajador este de baja.

Finalmente, también es conveniente tener un seguro de salud que cubra la asistencia en atención primaria, la asistencia hospitalaria, las pruebas diagnósticas, así como las intervenciones quirúrgicas o la asistencia en el extranjero.

 

 

Publicado el 27 de Octubre de 2021
Por Cristina Nogales
Responsable del Área de Seguros

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MAYORES EXONERACIONES PARA LAS EMPRESAS QUE IMPARTAN FORMACIÓN A SUS TRABAJADORES EN ERTE

MAYORES EXONERACIONES PARA LAS EMPRESAS QUE IMPARTAN FORMACIÓN A SUS TRABAJADORES EN ERTE

 

La entrada en vigor del Real Decreto-ley 18/2021 asigna mayores porcentajes de exoneraciones de las cotizaciones a la Seguridad Social, entre noviembre y febrero de 2022, a todas las empresas que realicen acciones formativas a los trabajadores incluidos en el expediente de regulación temporal de empleo, siendo estas las siguientes:

  • 80% de exoneraciones para empresas de menos de 10 trabajadores que les ofrezcan acciones de formación y 50% de exoneraciones en cotizaciones sociales para las empresas que no ofrezcan acciones formativas.
  • 80% de exoneraciones para empresas con de 10 trabajadores o más que les ofrezcan acciones de formación y 40% de exoneraciones en cotizaciones sociales para las empresas que no ofrezcan acciones formativas.

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Las empresas que formen a sus trabajadores afectados por ERTE tendrán un incremento del crédito de formación disponible para la financiación en el ámbito de la formación programada:

  • De 1 a 9 personas trabajadoras: 425 euros por persona.
  • De 10 a 49 personas trabajadoras trabajadores: 400 euros por persona.
  • De 50 o más personas: 320 euros por persona.

Los requisitos para la formación son los siguientes:

  • Para empresas que tengan entre 10 y 49 trabajadores, deberán realizar 30 horas mínimo de formación.
  • Para empresas que tengan más de 50 trabajadores, deberán realizar 40 horas mínimo de formación.

Todas las acciones formativas se desarrollarán a través de cualquiera de los tipos de formación previstos en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, de acuerdo con los requisitos y procedimientos establecidos en dicha norma.

Desde Grupo Data os proponemos una selección de cursos con el fin de ayudaros en vuestra formación:

  • MOBBING Y ACOSO LABORAL 30h
  • IMPLANTACIÓN Y GESTIÓN DE PLANES DE PLANES DE IGUALDAD EN LA EMPRESA 70h
  • PROTECCIÓN DE DATOS Y GARANTÍA DE LOS DERECHOS DIGITALES 60h
  • PROTOCOLO SEGURO COVID-19: EMPRESA SEGURA 60h
  • PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 80h
  • ESPECIALISTA EN MATERIAL LABORAL 60h
  • REGISTRO DE JORNADA, ORGANIZACIÓN E IMPLANTACIÓN 30h
  • SALVAGUARDA Y SEGURIDAD DE LOS DATOS 70h
  • CIBERSEGURIDAD 60h
  • MARKETING Y VENTAS 60h
  • CIERRE CONTABLE Y FISCAL 2020/2021 60h

 

Publicado el 27 de Octubre de 2021
Por Raquel Costa
Responsable de Formación Bonificada

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TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE EL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD

TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE EL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD

Un Certificado de Profesionalidad (CP) es una titulación oficial, que acredita que una persona posee los conocimientos, habilidades y competencias profesionales necesarias para llevar a cabo una actividad laboral determinada.

 

Esta titulación, regulada por el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, es emitida, acreditada y avalada por el Servicio Público de Empleo (SEPE), junto con la Administración Laboral competente de cada Comunidad Autónoma, otorgando validez a nivel nacional, así como en la Unión Europea, lo cual facilita el acceso al mercado laboral y la movilidad por Europa.

Cada Certificado acredita a una persona para el desarrollo de una actividad laboral concreta. Esta actividad laboral estará incluida dentro de las familias profesionales determinadas por el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, que vienen determinadas por el Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales y Formación Profesional, quien promueve y desarrolla la evaluación y acreditación de las competencias adquiridas.

El Certificado de Profesionalidad está integrado por módulos formativos, estos módulos serán la unidad mínima que podrá ser acreditada. Para conseguir un certificado completo, deberás aprobar todos los módulos que lo forman.

Para poder optar a un certificado bastará con que el alumno cumpla con uno de los requisitos académicos requeridos. Dependiendo del nivel del certificado que se trate, tendrá o no algún requisito académico de acceso. Existen 3 niveles diferentes:

  • Nivel 1: No se pide ningún tipo de formación previa.
  • Nivel 2: Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO) o estudios equivalentes.
  • Nivel 3: Bachillerato o estudios equivalentes.

 

Ventajas del Certificado de profesionalidad

 

Entre las principales ventajas al obtener un CP se encuentran:

  1. Es una formación oficial reconocida en el territorio nacional y a nivel europeo.
  2. Facilita la inserción laboral y potencia tu empleabilidad, disponer de un CP supone una ventaja competitiva en el mercado laboral ya que permite mejorar el Currículum Vitae con el fin de optar por puestos de trabajos cualificados.
  3. Permite realizar un aprendizaje completo debido a la alternancia entre formación teórica y práctica, permitiendo adquirir competencias propias del puesto de trabajo.
  4. Facilidades para la realización. Un CP es integrado por distintos módulos que son acreditables de forma individual, por lo cual si no apruebas alguno de los módulos formativos no significa que no tengas una titulación oficial, tendrás acreditada las competencias superadas, pudiendo realizar las que no has superado en un futuro. Además, existen más de una convocatoria, lo que se traduce en más oportunidades.
  5. Es una nueva alternativa educativa para profesionales y futuros profesionales equiparándose a la validez de los títulos de Formación Profesional.

 

¿Cómo conseguir un Certificado de Profesionalidad?

 

Como hemos dicho anteriormente, el Certificados de Profesionalidad es una titulación oficial, expedida por el Servicio Público de Empleo Estatal y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.

Existen distintas vías para obtener un CP.

Se obtienen a través de diferentes vías:

  1. Superando los módulos formativos correspondientes al CP. Esto puede realizarse accediendo al certificado a través del Contrato de Formación y Aprendizaje. Esta modalidad contractual da acceso a una formación online de Certificado de Profesionalidad de manera gratuita, con la que puedes formarte a la vez que estás trabajando, consiguiente una formación teórica y práctica sobre una ocupación profesional.
  2. Reconocimiento de la experiencia laboral o vías no formales de formación. Las Comunidades Autónomas realizan convocatorias en las que se puede presentar la experiencia laboral, mediante contratos, vida laboral y títulos académicos, con el fin de acreditar tus competencias laborales para desarrollar una ocupación profesional. Tras revisar la documentación aportada, la Comunidad Autónoma determinará si concede el Certificado de Profesionalidad completo, algún módulo, o lo deniega.

Desde Grupo Data, impartimos Certificados de Profesionalidad oficiales a través de los Contratos de Formación y Aprendizaje, si deseas más información al respecto, no dudes en contactar con nuestro departamento especializado.

 

 

Publicado el 25 de Octubre de 2021
Por Néftaly Blanco
Responsable de Contratos de Formación y Aprendizaje

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PROTEGE A TUS EMPLEADOS

PROTEGE A TUS EMPLEADOS

 

Los seguros colectivos están destinados a un grupo de personas vinculados entre sí para que a través de una póliza se dé cobertura a un número determinad de trabajadores de una misma empresa, de una asociación, colegio profesional…

Seguro de Accidentes

 

Está orientado a directivos, empresarios y convenios colectivos. Para este seguro las compañías tienen a su disposición según, la actividad que desempeñen en la empresa, un cuadro de coberturas especificad de accidentes.

Las coberturas que ofrecen son amplias: fallecimiento, invalidez permanente, incapacidad temporal y hospitalización por enfermedad o accidente.

El seguro presta servicio tanto a nivel privado como profesional y su ámbito de actuación es a nivel mundial.

Seguros de Vida Riesgo

 

Orientado a protegerte frente a imprevistos que puedan alterar la situación económica familiar, ofreciendo agilidad y flexibilidad en el proceso de contratación.

La cobertura principal es la de fallecimiento por cualquier causa, además hay otras opciones como enfermedad grave o incapacidad permanente entre otras.

Con este seguro la empresa se puede deducir la prima en el Impuesto de sociedades.

Seguro de Salud

 

La salud de los trabajadores es muy importante en el ámbito laboral y, además, resulta rentable para la empresa. Un empleado sano y feliz rinde más, y es más productivo.

Con la contratación de un seguro de salud tiene acceso a un amplio cuadro médico y servicios como puede ser hospitales y centros médicos, tratamientos especiales, atención medica las 24 horas y programas preventivos.

El trabajador puede también incluir en la póliza a sus familiares, además de contar este con ventajas fiscales para el mismo.

Seguro de ahorro jubilación y planes de pensiones

 

Este seguro la empresa puede ofrecerlo como suplemento a la pensión de jubilación del empleado. En este caso existen dos tipos, uno vinculado a la jubilación y otro simplemente para el ahorro.

El trabajador puede fijar su plan de ahorro y las aportaciones serian voluntarias.

 

 

Publicado el 27 de Septiembre de 2021
Por Cristina Nogales
Responsable del Área de Seguros

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LA IMPORTANCIA DE DISTINGUIR EL SEGURO DE RC PROFESIONAL

LA IMPORTANCIA DE DISTINGUIR EL SEGURO DE RC PROFESIONAL

En primer lugar, ¿Qué es la responsabilidad Civil?.

                                                                                                             

 

El código civil lo explica: “El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”.

Es cierto es que existen diversos de seguros de Responsabilidad Civil pero hoy queremos aclarar la diferencia entre dos de ellos, el seguro de RC General y el seguro de RC Profesional.

 

La importancia de distinguir el seguro de RC Profesional

 

Un seguro de Responsabilidad Civil General y un Seguro de Responsabilidad Civil Profesional, no son lo mismo, por ejemplo, el seguro de RC General cubre daños personales y materiales causados a terceros, al igual que perjuicios económicos derivados de tales daños. Sin embargo, el seguro de RC no cubre negligencias o errores de carácter profesional.

Por su parte, el seguro de Responsabilidad Civil Profesional cubre ampliamente los perjuicios económicos que puedan ser causados ​​por errores, omisiones o negligencias en el ejercicio de la actividad profesional.

Uno de los principales motivos por los cuales las compañías de seguros diseñan estas pólizas es transmitir seguridad y protección a los negocios ante situaciones de conflicto con un cliente por un posible trabajo mal realizado. De esta manera, los gastos de defensa derivados de la reclamación y los resultantes de indemnización por los daños y perjuicios causados, serán asumidos por la entidad aseguradora.

 

Consideraciones en las actividades contempladas dentro de cada seguro

 

Normalmente, cuando escuchamos hablar de la Responsabilidad Civil Profesional, nos vienen a la mente actividades como: asesoría, abogados, médicos… y pueden pasar desapercibidas otras como: consultores de tecnología, consultores de RRHH traducción e interpretación, agencias de publicidad, diseño gráfico… entre otros.

Todo el mundo comete errores, y esto es aplicable a todos los ámbitos. Por ello cuando las empresas comprenden la importancia de contratar una póliza de responsabilidad para subsanar estos posibles errores, todo resulta más fácil, tanto para la empresa como para sus clientes y empleados.

Desde la Correduría de Seguros Grupo Data, hemos firmado un contrato de colaboración con la compañía Markel España, especialistas en Responsabilidad Civil.

Ofrecemos, seguros para empresas y seguros para particulares, personalizados y adaptados a las necesidades reales de cada uno de nuestros clientes y de las exigencias del mercado actual.

 

Publicado el 27 de Septiembre de 2021
Por Markel España y Correduría de Seguros Grupo Data

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PLAZOS PARA PRESENTAR LA GARANTIA FINANCIERA OBLIGATORIA DE RESPOSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL

PLAZOS PARA PRESENTAR LA GARANTIA FINANCIERA OBLIGATORIA DE RESPOSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL

La Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, obliga a los operadores a adoptar medidas para la prevención, eliminación y reparación de los daños medioambientales que pudieran ocasionar en el desarrollo de su actividad económica o profesional. La Orden TEC/1023/2019, de 10 de octubre, es la última actualización de esta normativa y obliga al cumplimiento en los sectores clasificados como nivel de prioridad.

Se incluyen en este nivel:

  • La industria textil y del cuero.
  • Las agroalimentarias y explotaciones ganaderas.
  • Las derivadas de la madera.
  • Las industrias del tratamiento de aguas.
  • Las empresas con consumo de disolventes orgánicos y las empresas de captura de CO2.
  • Las industrias minerales.

 

¿Qué es la Responsabilidad Medioambiental? 

 

Los operadores de estas actividades tienen hasta el próximo 16 de octubre de 2021 para realizar su Análisis de Riesgos Medioambientales y presentar la Declaración Responsable ante la autoridad competente.

 

¿Qué es la Responsabilidad Medioambiental? 

 

Es la obligación que tienen los agentes económicos de responsabilizarse de los daños medioambientales ocasionados a especies, suelo, aguas… haciéndose cargo de los medios y medidas necesarias para prevenir y/o reparar esos daños medioambientales.

 

¿A quién va dirigido este seguro? 

 

A todos aquellos agentes económicos que desarrollan las actividades incluidas en la Orden APM/1040/2017, de 23 de octubre, por la que se establece la fecha a partir de la cual será exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria para las actividades del anexo III de la Ley 26/2007 clasificadas como nivel de prioridad 1, 2 y 3 en el Anexo III de la Ley 26/2007.

 

Existen tres modalidades de garantía financiera 

 

  • Póliza de seguro.
  • Aval bancario.
  • Reserva técnica.

 

Ventajas de contratar una póliza de seguro para cubrir las necesidades de solvencia 

 

  1. Es el medio más económico de las alternativas disponibles.
  2. as sumas garantizadas son más complicadas de conseguir con otros instrumentos.
  3. Está reconocido como único instrumento para transferir el riesgo a un tercero.
  4. En caso de siniestro cuenta con un servicio de resolución y asesoramiento amparando al asegurado.

 

Publicado el 27 de Septiembre de 2021
Por Cristina Nogales y Luis Fernando Gallego
Departamento de Seguros

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¿CÓMO TRANSFORMAR EN INDEFINIDO UN CONTRATO DE FORMACIÓN?

¿CÓMO TRANSFORMAR EN INDEFINIDO UN CONTRATO DE FORMACIÓN?

Si te estás planteando en transformar en indefinido un contrato de formación y aprendizaje, debes conocer algunas cuestiones al respecto.

 

En primer lugar, debes saber que se trata de una transformación bonificada, a través de la cual tendrás derecho a una reducción, en las cuotas de la Seguridad Social, de 1.500 euros, durante los 3 años siguientes a la transformación, la cuantía cambia en caso de ser mujer, está ascendería a 1.800 euros, según establece el artículo 3 del Real Decreto 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

Esta bonificación se aplicará de forma mensual por una cuantía de 125 euros o 150 euros, si es mujer.

En el supuesto de que el contrato indefinido se realice a tiempo parcial o fijo discontinuo, la reducción a aplicar se calcularía de manera proporcional.

Por ejemplo, un trabajador con contrato de formación y aprendizaje, cuyo contrato es transformado a indefinido por 20 horas semanales, la bonificación a aplicar por la empresa sería de 750€ al año, durante un periodo máximo de 3 años.

 

¿Qué requisitos debo cumplir para acceder a esta bonificación?

 

Para poder acceder a esta reducción de la cuota de Seguridad Social, la transformación debe realizarse cuando finalice el contrato inicial o una de sus prórrogas, si la transformación se realizara antes de la finalización se perdería este derecho.

Además, deben cumplirse los siguientes requisitos:

  • Lo primero a tener en cuenta, es que el contrato de formación debe haber estado bonificado. En el supuesto de no haber tenido derecho a bonificación de la cuota de Seguridad Social, durante la vida del contrato, tampoco tendrá derecho a la bonificación por transformación.
  • La empresa debe hallarse al corriente de sus obligaciones con Hacienda y de Seguridad Social, tanto en la fecha de alta de los trabajadores como durante la aplicación de las bonificaciones correspondientes.
  • No haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo.
  • No puede estar excluida por encontrarse en alguna de las situaciones contempladas en la sección primera, del capítulo I, de la Ley 43/2006.

 

¿Cómo realizar el trámite para la transformación?

 

Como hemos dicho anteriormente, la transformación se debe realizarse al final del contrato inicial o al finalizar alguna de sus prórrogas, si existieran días de diferencia entre la finalización del contrato y la transformación no se podría aplicar este beneficio.

El trámite a realizar se ve similar a la transformación de un contrato temporal de otra modalidad contractual, además, tras la unificación de los Código de Cuenta de Cotización, el trámite se ha visto simplificado.

A continuación, veremos los pasos a seguir en Seguridad Social para completar la transformación correctamente:

  1. Borrar el código 087 de la casilla de exclusión de cuotas que aparece en esta modalidad contractual, antes de realizar la transformación a indefinido. En caso de no eliminarlo, no te permitirá realizar la gestión.
  2. Indicar el tipo de contrato, en caso de ser un contrato a jornada completa, el código a especificar será 109, si bien la jornada es parcial, el código será el 209.
  3. Deberemos marcar la casilla de beneficio, código 01 –  Beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Tras la publicación del Boletín RED 1/2017, enero de 2017, todas las transformaciones de contratos para la formación y el aprendizaje en indefinido deben marcar esta casilla

 

Con respecto a los trámites a realizar en Contrata, tendremos que comunicar el nuevo código de contrato, este sería 189 si el contrato indefinido va a formalizarse a jornada completa, si va a realizarse a jornada parcial el código sería el 289 y si fuese un contrato indefinido con carácter de fijo discontinuo, este código sería el 389.

Posteriormente, tendremos que marcar la casilla de reducción de cuotas e indicar el colectivo al que pertenece, en este caso sería Transformación indefinido mujer/hombre.

Estamos a su disposición para resolverle las dudas que puedan surgirle con respecto a éste u otros temas relacionados con el contrato de formación y aprendizaje. No dude en ponerse en contacto con nosotros.

 

 

Publicado el 27 de Septiembre de 2021
Por Néftaly Blanco
Responsable de Contratos de Formación y Aprendizaje

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TIPS PARA MEJORAR TU ECOMMERCE

TIPS PARA MEJORAR TU ECOMMERCE

Es evidente que las compras online se han incrementado gracias a la facilidad de venta que esta modalidad ofrece al consumidor. Pero no todos los ecommerces notan este auge en la contratación de sus productos o servicios.

 

 

Por ello, desde Grupo Data, queremos facilitaros unos tips para beneficiarse lo máximo posible de esta vertiente positiva del sector e incrementar lo máximo posible el número de operaciones a través de su web:

 

1. Emplear Imágenes llamativas y de calidad.

 

A la hora de anunciar nuestro producto/servicio en nuestra web no hay nada mejor que utilizar imágenes con buena calidad que capten la atención visual del consumidor/usuario. El empleo de imágenes pixeladas puede causar duda en el cliente potencial y esto puede llevar a la no contratación de los productos/servicios ofertados

El principal objetivo es provocar en el consumidor el deseo de adquirir aquello que la web ofrece, y esto puede ser posible si se consigue una correcta visualización y otorgar la posibilidad de ampliar la imagen y así poder observarla en detalle

 

Triunfadores aspiracionales. Este sector dispone de una buena posición económica y les gusta estar en la actualidad del mundo que les rodea. Les gusta informarse de todo aquello que van a adquirir y son fieles a sus marcas. Aunque poco a poco esta cambiando, aun así, prefieren en primer lugar ir a su tienda de confianza y asegurarse por completo de lo que van a consumir. Una opción es invertir en tu web y ofrecerles una experiencia segura novedosa y única para atraer su atención y ganar su confianza.

 

2. Evitar que el usuario de internet haga scroll excesivo.

 

Hoy en día en la creación de una web hay que tener en cuenta, además del formato web, la versión móvil. Debido a que la mayoría de las compras se realiza a través del dispositivo móvil, hay que evitar las páginas largas y que el usuario no realice mucho scroll (deslizarse o moverse a través de una web) ya que puede provocar cansancio y hacer que el usuario no visualice todo lo ofertado en la web.

La opción más recomendable es tener diferentes pestañas con el mismo número de opciones para contratar.

 

3. Tener en todo momento acceso a los textos legales.

 

A la hora de acceder a un ecommerce otorgarle al usuario la facilidad de tener a su disposición en todo momento el aviso legal, política de privacidad, política de cookies y términos y condiciones generales de contratación otorga confianza al usuario ya que se entiende que tiene a disposición toda la información legal exigida, en la cual se identifica el titular de la web, titular de los datos y todo lo relativo a la gestión del proceso de contratación.

 

4. Simplicidad.

 

La facilidad en el proceso de compra es la clave fundamental a la hora de contratar de forma online. Es imprescindible que el proceso sea intuitivo y simple para evitar causar confusión e inseguridad al futuro consumidor.

 

5. Campañas de marketing.

 

Un método eficaz para incrementar las ventas es mediante envíos de información por correo electrónico. Para ello es necesario que las comunicaciones comerciales llevadas a cabo se ajusten a las indicaciones legales.

  • En primer lugar, es necesario la obtención del consentimiento del usuario para su envío.
  • En segundo lugar, que contemple todos los datos identificativos del anunciante.
  • En tercer lugar, que se ajuste a la realidad y no haya cabida de que resulte engañosa.

Otro método eficaz es el empleo de redes sociales, estar activo en este medio atraer a un gran número de clientes potenciales. Mediante publicaciones de lo ofertado en nuestro negocio, realizando sorteos para interactuar con los followers, contando experiencias con los mismos o colaborar con gente con bastantes seguidores puede ser beneficioso para nuestro negocio.

 

Publicado el 27 de Septiembre de 2021
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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DELEGADO DE PROTECCIÓN DE DATOS, UNA FIGURA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO

DELEGADO DE PROTECCIÓN DE DATOS, UNA FIGURA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO

Esta figura constituye uno de los elementos claves del RGPD y un garante del cumplimiento de la normativa de protección de datos en las organizaciones, si bien la responsabilidad sobre este cumplimiento recae en el responsable o encargado del tratamiento. 

 

La introducción de la figura del Delegado con el nuevo RGPD 

 

Desde mayo del 2018 resulta de obligado cumplimiento el nuevo Reglamento Europeo de Protección de datos (en adelante RGPD), con el que nace una nueva figura denominada Delegado de Protección de datos (en adelante DPO). Esta figura tiene entre sus funciones principales asesorar, supervisar, e informar de las obligaciones y políticas en materia de protección de datos. También tiene como función, actuar como intermediario entre las autoridades de control en esta materia (Agencia Española de Protección de Datos, en adelante AEPD o agencias autonómicas) y el propio Responsable del Tratamiento.

 

¿Quiénes deben nombrar un DPO? 

 

El RGPD, en su artículo 37.1, recoge los supuestos en que es obligatorio la designación de un Delegado de Protección de Datos, y que son los siguientes:

  • El tratamiento lo lleve a cabo una autoridad u organismo público, excepto los tribunales que actúen en ejercicio de su función judicial. 
  • Las actividades principales del responsable o del encargado consistan en operaciones de tratamiento que, en razón de su naturaleza, alcance y/o fines, requieran una observación habitual y sistemática de interesados a gran escala. 
  • Las actividades principales del responsable o del encargado consistan en el tratamiento a gran escala de categorías especiales de datos personales con arreglo al artículo 9 y de datos relativos a condenas e infracciones penales a que se refiere el artículo 10. 

La Ley de protección de datos española (en adelante LOPDGDD), aclara y establece taxativamente, en su articulado 34, los supuestos en lo que resulta obligatorio contar con un Delegado de Protección de datos. 

 

¿Cuáles son las funciones de esta figura? 

 

Establecido lo anterior y como concreción del papel y función del DPO, deben tenerse en cuenta las siguientes consideraciones: 

    1. El DPO responde y debe reportar sobre su trabajo (informes, recomendaciones, etc.), directamente al Responsable de tratamiento (en adelante RT) u órgano directivo de la organización; de esta manera, éste se convierte en el interlocutor válido del DPO (art. 36.4 LOPDGDD). Dicho artículo establece que el DPO en el caso de documentar una vulneración en materia de protección de datos, procederá a la comunicación inmediata a los órganos de administración y dirección del Responsable o del Encargado. A su vez. Tanto el RT como el ET deben respaldar al DPO en el ejercicio de sus funciones (Art. 38.2).
       
    2. El DPO debe disponer de medios y recursos adecuados y suficientes para el desarrollo de sus funciones; por lo tanto, el RT o ET deben, en el momento de su designación concretar dichos recursos a disposición del DPO (Art. 38.2 del RGPD).
       
    3. Tanto en el caso de DPO interno como externo, se garantizará por parte del RT o ET la independencia y autonomía del DPO en el desarrollo de sus funciones. Para garantizar dicha autonomía e independencia, al margen de que no exista conflicto de intereses a la hora de su nombramiento, el DPO no podrá ser sancionado ni removido de su puesto por el desarrollo de sus funciones, salvo dolo o negligencia por su parte (Art. 38.3 RGPD).
       
    4. Por su parte, el DPO está obligado a mantener el secreto y la confidencialidad respecto a aquella información o datos a los que acceda con motivo del desarrollo de sus funciones (Art 38.5).

 

  • Según el art. 36.1 de la LOPDGDD, el DPO, en el desarrollo de sus funciones como tal, podrá inspeccionar procedimientos relativos a la protección de datos, acceder a datos personales y procesos de tratamiento, no pudiendo oponerse el RT o ET a dicho acceso.
    En este apartado cabría resaltar que sería muy conveniente y deseable que el RT o ET contaran con el asesoramiento previo del DPO a la hora de establecer dichos procesos o procedimientos; por tanto, nuestra recomendación es que la figura del DPO en las entidades sea incluida en las reuniones de la dirección estratégica de la misma, de tal forma que, la materia de protección de datos sea tenida en cuenta desde el diseño de dicha estrategia (“privacy by design”). De esta manera se garantizará el cumplimiento del art. 38.1 del RGPD: garantizar la “participación adecuada y en tiempo”, en todo lo concerniente a la Protección de Datos. 

 

 

  • En caso de que un interesado (titular de los datos) pretendiera presentar una reclamación, ejercer algún derecho en materia de protección de datos, así como realizar cualquier consulta relativa a la misma, ante el RT o ET, podrá dirigirse al DPO (art. 37.1 de la LOPDGDD).
    De hecho, los interesados podrán ponerse directamente en contacto con el DPO, para cualquier cuestión relativa a la Protección de Datos (Art. 38.4 RGPD).

 

 

  • En el supuesto de que dicha reclamación del interesado se dirigiera directamente a la autoridad de control, ésta la trasladará al DPO, para que le dé respuesta en el plazo de 1 mes al interesado, así como a la autoridad de control (art. 37.2 de la LOPDGDD). 

 

 

De manera ilustrativa, a continuación, contemplamos la regulación establecida en el RGPD, en relación a las funciones del DPO, en concreto en su art 39: 

A) En primer lugar, debemos indicar que lo que el RGPD establece en este artículo como Funciones del DPO es un catálogo de mínimos, es decir, se le pueden asignar más funciones por parte del RT o del ET. 

B) En cuanto a sus funciones concretas. 

    • Informar y asesorar al responsable o al encargado del tratamiento y a los empleados que se ocupen del tratamiento de las obligaciones que les incumben en protección de Datos. De esta función se puede inferir que es competencia del DPO la formación de dichos empleados.
    • Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa de  protección de datos y de las políticas del responsable o del encargado del tratamiento en materia de protección de datos personales, incluida la asignación de responsabilidades, la concienciación y formación del personal que participa en las operaciones de tratamiento, y las auditorías correspondientes.
    • Ofrecer el asesoramiento que se le solicite acerca de la evaluación de impacto relativa a la protección de datos y supervisar su aplicación.
    • Cooperar con la autoridad de control.
    • Actuar como punto de contacto de la autoridad de control para cuestiones relativas al tratamiento, incluida la consulta previa a que se refiere el artículo 36, y realizar consultas, en su caso, sobre cualquier otro asunto.

 

Publicado el 27 de Septiembre de 2021
Por María González
Responsable del Departamento Jurídico

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