5 RAZONES POR LAS QUE EL VERANO ES EL MEJOR MOMENTO PARA CONTRATAR UN SEGURO DE SALUD PRIVADO

5 RAZONES POR LAS QUE EL VERANO ES EL MEJOR MOMENTO PARA CONTRATAR UN SEGURO DE SALUD PRIVADO

El verano es sinónimo de vacaciones, descanso y tiempo para nosotros mismos. Es una época del año en la que solemos parar el ritmo frenético del trabajo y la rutina diaria, y podemos dedicar tiempo a reflexionar sobre lo que realmente importa: nuestra salud y la de quienes más queremos.

 

En este contexto, muchas personas se plantean contratar un seguro de salud privado, y no es casualidad. A continuación, te contamos por qué el verano es un momento ideal para dar este paso.

 

1. Más tiempo para informarse y comparar

Durante el año, la falta de tiempo es uno de los principales motivos por los que se pospone la contratación de un seguro de salud. En verano, con días más relajados, podemos dedicar unas horas a informarnos, comparar coberturas y precios y elegir la póliza que mejor se adapte a nuestras necesidades.

 

2. Evitar listas de espera tras las vacaciones

El inicio del otoño suele coincidir con un repunte de consultas médicas. Muchas personas retoman chequeos, revisiones o tratamientos que pospusieron durante el año. Contar con un seguro de salud privado te permite acceder a especialistas de forma rápida, evitando largas listas de espera y agilizando cualquier prueba o intervención.

 

3. Prevenir antes que curar

El verano también es un buen momento para hacerse chequeos preventivos y poner en orden nuestra salud. Muchos seguros privados incluyen revisiones anuales, análisis y pruebas diagnósticas que ayudan a detectar posibles problemas a tiempo.

 

4. Cobertura en viajes

Si planeas viajar dentro o fuera del país, muchas pólizas de salud privada incluyen asistencia médica en el extranjero o en otras regiones, aportando tranquilidad en caso de imprevistos.

 

5. Condiciones y promociones especiales

En esta época, muchas aseguradoras lanzan ofertas o condiciones especiales para atraer nuevos clientes. Contratar en verano puede suponer mejores precios o ventajas adicionales como ampliaciones de cobertura o periodos de carencia reducidos.

 

En definitiva, contratar un seguro de salud privado en verano es una forma inteligente de cuidar de ti y de los tuyos. Te permitirá disfrutar de la tranquilidad de saber que tendrás atención médica rápida y de calidad cuando la necesites, sin listas de espera ni sorpresas.

 

¿Estás pensando en contratar un seguro de salud privado este verano?

Infórmate bien, compara con nosotros las diferentes opciones y elige la que mejor se adapte a tu estilo de vida. ¡Tu salud te lo agradecerá!

 

 

Publicado el 25 de Julio de 2025
Por Ángel Luis Gamino
Departamento de Seguros

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ESTRATEGIA ESTATAL PARA LA NO DISCRIMINACIÓN DE LAS PERSONAS LGTBI

ESTRATEGIA ESTATAL PARA LA NO DISCRIMINACIÓN DE LAS PERSONAS LGTBI

El pasado mes de junio, el Ministerio de Igualdad, junto con las comunidades autónomas, aprobó, en la Confederación Sectorial de Igualdad, la creación de un grupo de trabajo para avanzar en la Estrategia Estatal para la Igualdad de Trato y No Discriminación de las personas LGTBI.

Esta estrategia se establece como el principal instrumento de cooperación entre administraciones para aplicar y desarrollar la Ley 4/2023, que busca garantizar la igualdad real y efectiva de las personas trans y fomentar políticas públicas que protejan los derechos del colectivo LGTBI.

El documento acordado contempla medidas centradas en mejorar la gobernanza, fortalecer el marco legal y crear estructuras de coordinación y evaluación que permitan aplicar de manera efectiva estas políticas. Entre ellas, se incluye el impulso a nuevas normativas contra la violencia LGTBIfóbica, el refuerzo institucional y legal para avanzar en la igualdad de trato y la no discriminación, y el apoyo al movimiento asociativo y al activismo LGTBI. También se prevé una apuesta por una política exterior y una cooperación internacional que proteja y promueva los derechos de estas personas en otros contextos.

Además, la estrategia incorpora acciones orientadas a la concienciación social, la promoción de la diversidad sexual y de género, y la prevención y detección de la discriminación y la violencia LGTBIfóbica. En este apartado se incluyen iniciativas educativas para fomentar la integración de la diversidad afectiva, familiar y de género; el control de los contenidos en los medios de comunicación; el desarrollo de un sistema sanitario que sea inclusivo y respetuoso con la diversidad; así como medidas para combatir la LGTBIfobia en el entorno laboral, mejorar la respuesta judicial ante actos discriminatorios y promover la inclusión en el ámbito cultural, deportivo y de ocio.

Asimismo, la estrategia recoge una serie de medidas de acompañamiento, protección, reparación e inclusión para las personas LGTBI. Entre ellas se encuentran la garantía de sus derechos en el empleo y el acceso a los servicios sociales, la creación y fortalecimiento de redes y espacios seguros para el colectivo, así como la recuperación de la memoria histórica LGTBI y el reconocimiento de las personas que han sido víctimas de violencia LGTBIfóbica.

En paralelo, la Conferencia Sectorial acordó constituir un grupo de trabajo permanente, encargado de asegurar la coordinación técnica entre las distintas administraciones en la puesta en marcha de esta estrategia estatal.

Cabe destacar que la Ley 15/2022 establece la necesidad de diseñar esta estrategia como un instrumento clave para planificar y coordinar la acción estatal en materia de igualdad y no discriminación, y para garantizar una cooperación efectiva entre todos los territorios en el desarrollo de estas políticas.

En Grupo Data le mantenemos informado sobre las últimas novedades en materia de igualdad, para que siempre esté al día.

Si desea más información, no dude en llamarnos al 927 600 000 o escribirnos a través del formulario de contacto en nuestra página web.

 

Publicado el 25 de Julio de 2025
Por Eloy Cuacos
Departamento Jurídico

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¿QUÉ OCURRE CON EL CONTRATO DE FORMACIÓN DURANTE UNA BAJA POR IT?

¿QUÉ OCURRE CON EL CONTRATO DE FORMACIÓN DURANTE UNA BAJA POR IT?

Las personas contratadas bajo la modalidad de contrato de formación en alternancia cuentan los mismos derechos, coberturas y condiciones laborales y de seguridad social que el resto de trabajadores, independientemente del tipo de contrato.

 

Esto incluye el derecho a causar baja por Incapacidad Temporal (IT), ya sea por enfermedad común o profesional, así como por accidente laboral o no. La baja IT implica que la persona trabajadora recibe asistencia sanitaria y se encuentra incapacitada temporalmente para desempeñar su actividad laboral.

A continuación, detallamos qué trámites debes realizar y qué aspectos debes tener en cuenta en caso de baja por Incapacidad Temporal.

 

¿Qué ocurre con la formación asociada al contrato de formación?

Cuando una persona trabajadora se encuentra en situación de baja IT, el contrato formativo queda suspendido, lo que implica la interrupción de la formación asociada a dicho contrato.

Por lo tanto, el periodo en que la persona trabajadora se encuentre en situación de baja IT, es decir, hasta que se le emita alta médica, no se tendrá en cuenta para el cómputo de la duración total del contrato.

Ejemplo:

Si se ha formalizado un contrato de formación con una duración de seis meses, con fecha de inicio el 01/07/2025 y fecha de finalización prevista el 31/12/2025, y la persona inicia una baja IT el 01/08/2025, reincorporándose el 31/08/2025, se habrá producido una interrupción de un mes. En consecuencia, la duración del contrato se extenderá un mes, y la nueva fecha de finalización sería el 31/01/2026.

Del mismo modo, la formación asociada al contrato se retomará al reanudarse la actividad laboral, prolongándose por el mismo tiempo.

 

¿Y con las bonificaciones en los seguros sociales?

Al igual que la formación, las bonificaciones relacionadas, tanto por la formación como por tutorización, quedarán suspendidas durante el periodo de baja. En consecuencia, no procederá aplicar dichas bonificaciones en los seguros sociales mientras dure esta situación.

La empresa podrá reanudarlas una vez que la persona trabajadora reciba el alta médica y se reincorpore a su puesto.

1.Se tramita la baja médica por incapacidad temporal ante la Seguridad Social.

En caso de baja por Incapacidad Temporal (IT), ya no es necesario que la persona trabajadora entregue una copia del parte de baja a la empresa. Desde el 1 de abril de 2023, con la entrada en vigor de la nueva normativa, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es el encargado de remitir directamente el parte de baja a la empresa por vía telemática.

2. Se comunica al SEPE la interrupción del contrato de formación.

Una vez se disponga del alta médica, será necesario comunicar la interrupción del contrato y la nueva fecha de finalización a través de la aplicación Contrat@. Para ello, debes acceder al apartado «Comunicación de la contratación», seleccionar la opción «Corrección de datos» y, posteriormente, «Corrección de la fecha de término real en un contrato».

3. Comunicación de la baja y alta a tu centro de formación.

Para que la formación asociada al contrato se interrumpa correctamente y, en consecuencia, también la facturación, es imprescindible remitir al centro de formación tanto la baja como el alta IT.

Tal como se ha mencionado anteriormente, durante el periodo de baja, la formación y las bonificaciones vinculadas al contrato quedarán suspendidas. Una vez que la persona trabajadora reciba el alta médica, podrán reanudarse dichas bonificaciones.

Señalar que hasta que el centro de formación no reciba la comunicación del alta médica, la formación permanecerá suspendida.

 

En Grupo Data, como centro de formación acreditado (código de centro 8000001582), te ofrecemos el asesoramiento personalizado y los servicios formativos necesarios para que tu empresa se beneficie de todas las bonificaciones y ventajas del Contrato de Formación en Alternancia.

 

 

Publicado el 25 de Julio de 2025
Por Raquel Costa
Responsable de Formación Bonificada

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PRÁCTICAS ENGAÑOSAS EN ECOMMERCE, RIESGOS PARA LOS CONSUMIDORES Y LAS EMPRESAS

PRÁCTICAS ENGAÑOSAS EN ECOMMERCE, RIESGOS PARA LOS CONSUMIDORES Y LAS EMPRESAS

En los últimos años, las compras online han experimentado un auge sin precedentes, impulsadas por la comodidad y la variedad que ofrecen los ecommerce. Sin embargo, con el crecimiento de este sector también han aumentado las denuncias de prácticas engañosas, desde el uso de tácticas de marketing manipulativas hasta la venta de productos falsificados, las estrategias desleales.

 

A continuación, os indicamos las prácticas engañosas más comunes:

  1. Precios Inflados y Descuentos Falsos. Una de las prácticas más frecuentes es la falsa oferta de descuentos. Algunos ecommerce elevan los precios de sus productos antes de aplicar un descuento “exclusivo” que, en realidad, no es tal. Por ejemplo, un artículo que antes costaba 50 euros puede ser marcado como rebajado a 30 euros, pero el problema viene cuando en realidad nunca estuvo a 50 euros. Esta técnica crea la falsa impresión de una oferta, lo que induce a los consumidores a comprar impulsivamente.
  2. “Cajas Sorpresa” y Productos Falsificados. Otro ejemplo de engaño lo constituyen las famosas “cajas sorpresa” o “productos exclusivos”. Algunos comercios en línea venden productos que aparentan ser de marcas conocidas a precios extremadamente bajos, pero que en realidad son versiones falsificadas o de calidad inferior.
  3. «Cargando el Carrito». Una técnica manipulativa usada por algunos ecommerce consiste en mostrar a los compradores un mensaje como “¡Solo quedan 2 unidades!” o “¡Oferta exclusiva para ti!”. Este tipo de urgencia inducida crea un miedo al “perder la oportunidad” y lleva a muchos consumidores a realizar compras apresuradas, sin reflexionar adecuadamente sobre el producto o la necesidad de adquirirlo.
  4. Subida de Precios Durante el Proceso de Compra. En algunas plataformas, los usuarios reportan que los precios de los productos aumentan en la etapa final de la compra, justo cuando ya han introducido su información de pago. Esta práctica, conocida como “price gouging”, se ha convertido en una preocupación, ya que engaña al consumidor y afecta su capacidad de tomar decisiones informadas.

Dichas prácticas pueden acarrear consecuencias para consumidores y empresas. En el caso de los consumidores, las consecuencias de caer en estas prácticas pueden ser graves. Desde la pérdida de dinero por productos de mala calidad o falsificados hasta el impacto emocional de sentirse engañados. Además, los consumidores afectados pueden experimentar un deterioro en la confianza hacia las plataformas de compra en línea, lo que les lleva a tomar precauciones más extremas o incluso abandonar las compras digitales por completo.

Para las empresas, las consecuencias de recurrir a prácticas engañosas pueden ser incluso más severas:

  1. El daño reputacional es incalculable: una sola denuncia pública puede generar una ola de comentarios negativos que afecte la lealtad de los clientes.
  2. Las multas impuestas por organismos de defensa del consumidor pueden resultar cuantiosas. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) han comenzado a imponer sanciones más severas a las empresas que recurren a tácticas fraudulentas, como publicidad engañosa o el uso indebido de datos personales.

¿Qué Pueden Hacer los Consumidores?

Los consumidores deben estar cada vez más atentos a los precios y las ofertas que encuentran en línea. Es recomendable comparar productos en diferentes plataformas y verificar la autenticidad de los productos y la reputación de los vendedores. Las autoridades también recomiendan utilizar métodos de pago seguros, como tarjetas recargables o plataformas como PayPal, que ofrecen protección al comprador en caso de fraude.

 

Publicado el 25 de Julio de 2025
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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EL CUMPLIMIENTO LEGAL EN PÁGINAS WEB: OBLIGATORIEDAD DE LA LSSI-CE Y DOCUMENTOS CLAVE

EL CUMPLIMIENTO LEGAL EN PÁGINAS WEB: OBLIGATORIEDAD DE LA LSSI-CE Y DOCUMENTOS CLAVE

En un mundo digital cada vez más interconectado, las páginas web que ofrecen productos y servicios deben adaptarse a una normativa legal con el fin de garantizar la protección de los derechos de los/as consumidores/as y usuarios/as, cumpliendo con las obligaciones establecidas por las autoridades competentes.

 

La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI-CE), junto con la legislación sobre protección de datos personales (RGPD y LOPDGDD) y en materia de Consumo (LGCyU), exige que los titulares de sitios web implementen una serie de medidas legales esenciales. Entre ellas se incluyen la redacción de un Aviso Legal claro, la implementación de políticas de privacidad y cookies adecuadas, y la elaboración de Términos y Condiciones Generales de Contratación que regulen las contrataciones o compras en línea.

El incumplimiento de estas normativas no solo pone en riesgo la reputación de una empresa, sino que también puede acarrear sanciones severas y afectar la confianza de los/as consumidores/as. En este contexto, garantizar la transparencia, el respeto por los derechos de los/as usuarios/as y la protección de datos personales se ha convertido en un imperativo legal para todas las empresas que operan en el entorno digital.

Una página web, especialmente cuando se utiliza para ofrecer productos o servicios en línea, debe estar alineada con un marco legal que proteja tanto a los/as usuarios/as como a los responsables del sitio. Esto incluye cumplir con la LSSI-CE en España. La LSSI-CE regula las actividades de los proveedores de servicios en línea, estableciendo una serie de obligaciones, entre las cuales destacan:

  • Identificación del prestador del servicio: El responsable de la web debe proporcionar su nombre o denominación social, domicilio, dirección de contacto, inscripción en el registro mercantil, en el caso de sociedades…, y cualquier otra información que permita una comunicación directa y efectiva con los usuarios.
  • Información clara sobre los precios y condiciones de contratación: En el contexto del comercio electrónico, la LSSI-CE exige que se informe de forma precisa sobre los precios de los productos, los gastos adicionales, los plazos de entrega, y las condiciones de devolución o desistimiento.
  • Publicidad clara y diferenciada: En los sitios web que incluyen publicidad, se debe garantizar que los usuarios puedan diferenciar claramente entre el contenido editorial y el contenido patrocinado.

En cuanto a los textos legales mínimos que debe de disponer una web:

Aviso Legal. es un documento esencial que debe estar presente en todas las páginas web. Su función es informar a los usuarios sobre la identidad del titular del sitio web, sus responsabilidades y las condiciones de uso del servicio. El Aviso Legal debe incluir:

  • Datos identificativos del titular del sitio web: la normativa exige que se proporcione información detallada sobre la identidad de la empresa o persona responsable de la web, artículo 10.1 LSSI-CE.
  • Condiciones de uso: Definir las condiciones bajo las cuales los/as usuarios/as pueden acceder y utilizar la página web, así como las limitaciones de responsabilidad.
  • Propiedad intelectual: Especificar los derechos de propiedad intelectual sobre los contenidos del sitio web, indicando qué materiales pueden ser utilizados por los/as usuarios/as y cuáles están protegidos por derechos de autor.

La Política de Privacidad es uno de los documentos más importantes en términos de protección de datos personales. De acuerdo con el RGPD y LOPDGDD, este documento debe informar a los usuarios sobre.

  • Datos personales recolectados: Qué tipo de datos personales se recogen, ya sea a través de formularios de contacto, registros, compras, etc.
  • Finalidad del tratamiento de los datos: Para qué se utilizarán los datos (por ejemplo, para gestionar pedidos, enviar comunicaciones comerciales, etc.).
  • Derechos del usuario: Incluir información sobre los derechos que tiene el usuario, como el derecho a acceder, rectificar, suprimir sus datos, o a oponerse al tratamiento de los mismos.
  • Medidas de seguridad: Detallar las medidas adoptadas para proteger la información personal de los usuarios contra accesos no autorizados

Complementario al documento indicado anteriormente, la Política de Cookies es otro documento fundamental que asegura el cumplimiento de las leyes de privacidad. La LSSI-CE también hace hincapié en el uso de cookies, exigiendo que los usuarios sean informados de manera clara y precisa sobre el uso de estas tecnologías. En primer lugar, tenemos que hacer alusión al faldón de cookies que debe de informar de forma resumida a quien pertenecen las cookies, que finalidad tienen y gestionar el consentimiento de aquellas cookies que no son necesarias para el funcionamiento mínimo de la web.

En segundo lugar, la política de cookies, debe contener como mínimo la siguiente información:

  • Informar de que es son, y que tipos existen.
  • Tipología de cookies utilizadas: Indicar qué tipos de cookies se emplean en el sitio especifico (por ejemplo, cookies técnicas, de personalización, publicitarias, etc.).
  • Finalidad de las cookies: Explicar para qué se utilizan las cookies, como el análisis de tráfico web, la personalización de la experiencia del usuario o la realización de publicidad dirigida.
  • Como gestionar el consentimiento una vez otorgado.

Es fundamental que el/la usuario/a una vez gestionado el consentimiento a través del faldón, pueda volver hacerlo desde la propia web sin ningún tipo de inconveniente, bien habilitando la posibilidad de que pueda volver a aparecer el faldón o desde el apartado de política de cookies habilitado en la web.

En el caso de sitios web que ofrecen productos o servicios comerciales, los Términos y Condiciones Generales de Contratación son imprescindibles. Este documento establece las reglas bajo las cuales se realizarán las transacciones comerciales y debe incluir:

  • Condiciones de compra: Información sobre el prestador del servicio, cómo realizar una compra, los plazos de entrega, los métodos de pago y las políticas de devolución o reembolso.
  • Derecho de desistimiento: De acuerdo con la LSSI-CE y otras normativas de consumidores, se debe informar al usuario/a sobre su derecho a desistir de la compra en un plazo determinado y cómo puede hacerlo.
  • Garantías: Especificar las garantías que se ofrecen en los productos o servicios, así como el procedimiento para hacer uso de ellas.
  • Responsabilidades: Aclarar las responsabilidades de ambas partes (usuario y empresa) en cuanto a la compra, uso de los productos, entrega, etc.

Este documento no solo es obligatorio, sino que también protege tanto al consumidor/a como al prestador del servicio en caso de disputas o problemas relacionados con las transacciones realizadas.

En definitiva, es crucial para los titulares de páginas web cumplir con la legislación vigente para evitar problemas legales, sanciones o pérdidas de confianza por parte de los usuarios/as. El Aviso Legal, Política de Cookies, Política de Privacidad y Términos y Condiciones Generales de Contratación, no solo proporcionan un marco jurídico de seguridad, sino que también aseguran una relación transparente y confiable con los/as usuarios/as y clientes. Desde GRUPO DATA podemos ayudarte a garantizar el cumplimiento de todas las exigencias normativas, ya que es fundamental contar con asesoramiento jurídico especializado en la materia.

 

Publicado el 27 de Junio de 2025
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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¿DÓNDE DEBEN REGISTRAR E INSCRIBIR SUS PLANES DE IGUALDAD LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS?

¿DÓNDE DEBEN REGISTRAR E INSCRIBIR SUS PLANES DE IGUALDAD LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS?

Hasta no hace mucho tiempo, los Planes de Igualdad relativos a las Administraciones Públicas debían registrarse y depositarse, del mismo modo que ocurre con las Empresas Privadas, en el Registro y Depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de igualdad (REGCON).

No obstante, a partir de la entrada en vigor de la Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se crea el Registro de planes de igualdad de las Administraciones Públicas y sus protocolos frente al acoso sexual y por razón de sexo dichos planes y protocolos deben inscribirse en un nuevo registro habilitado a estos efectos.

El artículo Segundo de la citada Resolución de 16 de marzo de 2023 establece que “Para el cumplimiento de esta finalidad (inscripción de Planes y Protocolos), los órganos competentes en materia de igualdad remitirán al buzón institucional registro.planespublicosigualdad@correo.gob.es dependiente de la Dirección General de la Función Pública, los mencionados planes y protocolos, acompañados de los anexos 1 y 2 de esta resolución, así como sus posteriores actualizaciones”.

Por su parte, en cuanto a la publicidad de los contenidos inscritos y depositados, el apartado tercero del citado artículo Segundo señala que “se publicarán en la sección de igualdad de la página web de la Dirección General de la Función Pública y, en todo caso, en el Portal www.administracion.gob.es para permitir el acceso público y facilitar su consulta automatizada”.

La resolución, como se ha hecho mención anteriormente, viene acompañada de dos anexos, a modo de hoja estadística, donde hay que cumplimentar los datos identificativos de la entidad pública, así como datos relativos al contenido del diagnóstico y medidas acordadas en el proceso de elaboración y negociación del Plan de Igualdad.

La creación de este Registro exclusivo para el depósito de la documentación concerniente a esta materia por parte de las entidades públicas tiene como objetivo principal agilizar la inscripción de estos Planes y Protocolos, así como el establecimiento de un registro que facilite a la ciudadanía el acceso y conocimiento general de estos contenidos.

Actualmente, a pesar de que esta Resolución lleva vigente más de 2 años, existen dudas sobre el trámite de registro y depósito de los Planes de Igualdad referentes a las Administraciones Públicas. En este sentido, aunque parece quedar claro el procedimiento de inscripción de estos documentos, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de 16 de marzo de 2023, existen Comunidades Autónomas que siguen admitiendo y, por tanto, registrando e inscribiendo, Planes de Igualdad en el REGCON; mientras que otras no admiten desde hace ya varios meses, por falta de competencia de la Autoridad Laboral, el registro de planes, derivando su depósito a la dirección de correo facilitada por Función Pública.

Además de lo anterior, la consulta de los Planes y Protocolos inscritos y depositados siguiendo las instrucciones de la Resolución de 16 de marzo no resulta del todo sencilla puesto que la dirección habilitada para la realización de este trámite se encuentra inoperativa.

Se espera que con el paso de los meses se corrijan las deficiencias que afectan a este “nuevo registro” y se opte por un criterio claro e inequívoco a la hora de inscribir y depositar los Planes de Igualdad y los Protocolos frente al acoso sexual y/o por razón de sexo de las Administraciones Públicas.

Desde Grupo Data, como expertos materia de igualdad, nos ponemos a vuestra disposición para la prestación del asesoramiento necesario en todo lo referente al proceso de negociación e implantación del Plan de Igualdad en tu entidad u organización.

 

Publicado el 27 de Junio de 2025
Por Eloy Cuacos
Departamento Jurídico

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EL CONTRATO DE FORMACIÓN EN ALTERNANCIA: LA MEJOR OPCIÓN PARA CUBRIR PUESTOS TEMPORALES DURANTE EL VERANO

EL CONTRATO DE FORMACIÓN EN ALTERNANCIA: LA MEJOR OPCIÓN PARA CUBRIR PUESTOS TEMPORALES DURANTE EL VERANO

Durante la época estival, las empresas de sectores como hostelería, restauración y comercio experimentan un aumento significativo en la demanda de servicios. Este aumento de la actividad, conlleva la necesidad de contratar personal que les permita hacer frente a la campaña de verano.

 

En este sentido, para cubrir esta demanda, el Contrato de Formación en Alternancia se ha consolidado como una de las modalidades contractuales más utilizadas y recomendadas para cubrir puestos temporales, especialmente en empleos de alta estacionalidad.

Este contrato, dirigido a jóvenes entre 16 y 30 años, ofrece importantes ventajas tanto para las empresas como para los trabajadores, siendo la única modalidad actualmente bonificada por la Seguridad Social, lo que la convierte en una opción especialmente atractiva para las empresas que buscan optimizar sus recursos durante los periodos de mayor actividad.

Ventajas para la empresa:

  • Ampliación de plantilla durante un periodo mínimo de 3 meses.
  • Reducción de 119€ en las cuotas a la Seguridad Social.
  • Bonificación adicional de hasta 80 euros mensuales por la labor de tutorización interna.
  • Formación 100% financiada, con coste cero para la empresa.
  • Bonificación de hasta 1.800 euros anuales, en el caso de que transformen en indefinido una vez finalizado.

Beneficios para el trabajador:

  • Acceso a una formación oficial y remunerada durante el desarrollo de su trabajo.
  • Experiencia laboral en el sector.
  • Mejora su empleabilidad y sus posibilidades de una incorporación en la empresa.

En Grupo Data, como centro de formación acreditado (código de centro 8000001582), te ofrecemos el asesoramiento personalizado y los servicios formativos necesarios para que tu empresa se beneficie de todas las bonificaciones y ventajas del Contrato de Formación en Alternancia.

 

 

Publicado el 27 de Junio de 2025
Por Raquel Costa
Responsable de Formación Bonificada

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¿VIAJAS POR EUROPA? POR QUÉ NECESITAS UN SEGURO DE VIAJE AUNQUE TENGAS LA TARJETA SANITARIA EUROPEA

¿VIAJAS POR EUROPA? POR QUÉ NECESITAS UN SEGURO DE VIAJE AUNQUE TENGAS LA TARJETA SANITARIA EUROPEA

Cuando se trata de viajar por Europa, muchos ciudadanos confían exclusivamente en la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) para cubrir cualquier eventualidad médica. Y aunque es una herramienta valiosa, no es suficiente por sí sola.

 

Si quieres viajar con total tranquilidad, el seguro de viaje no es un lujo, sino un complemento esencial. Aquí te explicamos por qué.

 

¿Qué cubre realmente la Tarjeta Sanitaria Europea?

La TSE te permite acceder a servicios de salud públicos en igualdad de condiciones con los ciudadanos del país que visitas. Esto suena bien, pero hay tlimitaciones importantes:

  • No cubre asistencia médica privada.
  • No incluye repatriación ni transporte sanitario especial.
  • No cubre robos, pérdida de equipaje o cancelaciones.
  • Podrías tener que pagar copagos o parte del tratamiento, si ese país lo exige.

En resumen: si bien la TSE es útil, no te protege frente a todos los imprevistos que pueden surgir durante un viaje.

 

¿Qué te ofrece un seguro de viaje?

Un buen seguro de viaje puede marcar la diferencia entre un pequeño contratiempo y una experiencia costosa y estresante. Estos seguros suelen cubrir:

✅ Asistencia médica completa (pública y privada)
✅ Repatriación sanitaria y gastos de ambulancia aérea
✅ Robo o pérdida de equipaje y documentos
✅ Cancelación o interrupción del viaje
✅ Responsabilidad civil
✅ Asistencia legal en el extranjero

Por un coste relativamente bajo, puedes tener la tranquilidad de estar completamente cubierto, pase lo que pase.

 

Casos reales: mejor prevenir que lamentar

Imagina sufrir una apendicitis en Francia y necesitar cirugía urgente. Con la TSE, podrías acceder a un hospital público, pero si no hay camas disponibles y acabas en uno privado, pagarás de tu bolsillo. O si te fracturas una pierna en los Alpes y necesitas repatriación en avión medicalizado, la TSE no cubre el traslado a tu país.

Estos casos son más comunes de lo que parecen, y los gastos pueden superar fácilmente los miles de euros.

 

La combinación ideal: TSE + Seguro de viaje

La fórmula más inteligente para viajar por Europa es llevar ambos: tu Tarjeta Sanitaria Europea y un seguro de viaje adaptado a tus necesidades. Así, te beneficias de los acuerdos entre países europeos, pero también estás protegido ante todo lo que la TSE no cubre.

 

Conclusión: Viaja con la cabeza y el corazón tranquilos

Viajar debe ser una experiencia emocionante y libre de preocupaciones. No dejes que un contratiempo médico o una cancelación arruinen tu aventura. Contratar un seguro de viaje complementario a la Tarjeta Sanitaria Europea es una decisión responsable, económica y que puede salvarte de situaciones muy complicadas.

🌍✈️ Antes de hacer la maleta, haz tu seguro. Tu yo del futuro te lo agradecerá.

 

 

Publicado el 27 de Junio de 2025
Por Ángel Luis Gamino
Departamento de Seguros

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LA REDUCCIÓN DE JORNADA, UNA REALIDAD CADA VEZ MÁS CERCANA

LA REDUCCIÓN DE JORNADA, UNA REALIDAD CADA VEZ MÁS CERCANA

La aprobación de la reducción de jornada está cada vez más cerca. El pasado 06 de mayo se aprobó en Consejo de Ministros el Proyecto de Ley para la reducción de la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo y la garantía del registro de jornada y el derecho a la desconexión, publicándose en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 16 de mayo.

A pesar de que la reducción de la jornada laboral constituye la punta de lanza de este Proyecto de Ley, no debemos olvidar la importancia que el mismo tiene en materias tan transcendentes como registro horario y desconexión digital.

Actualmente, el proyecto se encuentra en trámite parlamentario en el Congreso de los Diputados, donde deberá ser debatido y votado. Los plazos legislativos, así como las posibles enmiendas que puedan introducirse al documento marcarán la fecha de entrada en vigor de esta nueva norma.

El objetivo principal de este Proyecto es reducir la jornada ordinaria máxima de trabajo, garantizar su cumplimiento efectivo mediante el registro de jornada y reforzar el derecho a la desconexión digital.

Los puntos clave de cada una de las materias que este Proyecto de Ley regula son los siguientes:

Jornada laboral

  • Reducción de la jornada ordinaria de trabajo de las 40 actuales a 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
  • La reducción de horas a realizar durante la semana no repercutirá en el salario a percibir por las personas trabajadoras, es decir, la reducción se aplica solamente en el horario, no en el salario.

Registro obligatorio de jornada

  • Especial mención al registro diario de jornada a través de medios digitales. Se suprime la posibilidad de realizar el registro en formato papel.
  • Las empresas deberán garantizar la fiabilidad y accesibilidad de dichos registros, lo cual implicará que las personas trabajadoras, los sindicatos y, en su caso, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social puedan acceder al contenido de los mismos si así lo solicitan.

Desconexión digital

  • Se insiste especialmente en el derecho a la desconexión digital de las personas trabajadoras con el objetivo de que no se atiendan comunicaciones laborales fuera de la jornada de trabajo.
  • El establecimiento de políticas y protocolos claros sobre la materia será fundamental para determinar, delimitar y establecer todos los supuestos.

Todas estas medidas pretenden influir positivamente en las situaciones de conciliación de la vida personal y laboral, el fomento de la salud mental y el bienestar de las personas trabajadoras y, en general, en la mejora de las condiciones laborales.

Desde Grupo Data, seguiremos la evolución y recorrido parlamentario de este Proyecto de Ley e informaremos de todas las novedades sobre la materia.

 

Publicado el 30 de Mayo de 2025
Por Eloy Cuacos
Departamento Jurídico

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SEGUROS PARA CARAVANAS Y AUTOCARAVANAS: ¿QUÉ NECESITAS SABER?

SEGUROS PARA CARAVANAS Y AUTOCARAVANAS: ¿QUÉ NECESITAS SABER?

Viajar en caravana o autocaravana es una forma de turismo en auge que combina libertad, aventura y comodidad. Sin embargo, como con cualquier vehículo, es fundamental contar con el seguro adecuado. En este artículo te explicamos los diferentes tipos de seguros disponibles, ya seas propietario del vehículo o alguien que planea alquilarlo para una escapada.

 

 

¿Por qué es importante asegurar una caravana o autocaravana?

Las caravanas y autocaravanas, además de ser vehículos, son pequeños hogares sobre ruedas. Esto significa que están expuestas tanto a los riesgos de la conducción (accidentes, daños a terceros, etc.) como a riesgos similares a los de una vivienda (robos, incendios, daños por fenómenos naturales, etc.).

Un seguro adecuado no solo protege el valor económico del vehículo, sino que también ofrece tranquilidad y respaldo legal y económico ante cualquier imprevisto durante el viaje.

 

Seguros para propietarios de caravanas y autocaravanas

Si eres el dueño de una caravana o autocaravana, necesitas un seguro que cubra tanto su circulación como su uso estacionario. Los seguros para propietarios suelen ofrecer varias coberturas, entre ellas:

Cobertura básica (obligatoria):

  • Responsabilidad civil obligatoria: cubre daños a terceros en caso de accidente. Es el mínimo legal para poder circular.

Coberturas adicionales (opcionales):

  • Daños propios: cubre daños en tu vehículo incluso si tú tienes la culpa.
  • Robo e incendio.
  • Asistencia en carretera 24/7.
  • Daños por fenómenos naturales: granizo, viento, inundaciones, etc.
  • Seguro del contenido interior: ideal si llevas objetos de valor (bicicletas, equipos electrónicos, cocina portátil, etc.).
  • Vehículo de sustitución.
  • Asistencia en viaje y repatriación.

También es recomendable revisar si la póliza cubre la estancia prolongada en campings o zonas de pernocta.

 

Seguros para quienes alquilan una caravana o autocaravana

Si no eres propietario pero vas a alquilar una caravana para tus vacaciones, la aseguradora del propietario suele ofrecer una póliza que incluye cobertura para inquilinos, pero no está de más conocer tus responsabilidades.

¿Qué incluye el seguro para alquiler?

  • Responsabilidad civil durante el uso: cubre daños a terceros durante tu conducción.
  • Cobertura a todo riesgo con franquicia: muchos seguros incluyen esta opción, lo que significa que en caso de daño tú pagas solo una parte (la franquicia), y el seguro se encarga del resto.
  • Asistencia en carretera.
  • Gastos por inmovilización del vehículo: si provocas un daño que impide el alquiler posterior, algunas compañías cobran una penalización; revisa si esto está cubierto.

Consejos si vas a alquilar:

  • Lee bien el contrato de alquiler y la póliza del seguro.
  • Pregunta si puedes contratar un seguro complementario para reducir la franquicia o ampliar la cobertura.
  • Verifica si puedes circular por el extranjero.

Haz fotos al recoger y devolver el vehículo como prueba de su estado.

 

Diferencias clave entre seguros para propietarios y seguros para inquilinos

Aspecto

Propietario Inquilino

Tipo de seguro

A todo riesgo, terceros, con coberturas opcionales

Generalmente a todo riesgo con franquicia

Responsable del seguro

El propietario

Lo contrata el propietario, pero el inquilino debe conocerlo

Protección del contenido interior

Sí (opcional) A menudo no está incluido, o lo cubre parcialmente
Asistencia en viaje Generalmente incluida

Incluida, pero revisa condiciones

Responsabilidad en daños El seguro cubre, pero puede afectar la prima futura

Responsable hasta el importe de la franquicia

¿Cuál es el mejor seguro para ti?

  • Si eres propietario, busca una póliza que se adapte a tu frecuencia de uso, el valor del vehículo y los destinos a los que viajas.

 

  • Si vas a alquilar una autocaravana, infórmate bien sobre la cobertura incluida, y considera contratar un seguro adicional si quieres una protección más completa.

 

Tanto si eres propietario como si solo alquilas una caravana ocasionalmente, contar con un seguro adecuado es esencial para viajar tranquilo y sin sobresaltos. Antes de salir a la carretera, revisa bien tu póliza, entiende tus coberturas y asegúrate de estar protegido en todo momento. ¡Y a disfrutar del viaje!

 

 

Publicado el 30 de Mayo de 2025
Por Ángel Luis Gamino
Departamento de Seguros

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