CRÉDITO DISPONIBLE PARA LAS EMPRESA 2023

CRÉDITO DISPONIBLE PARA LAS EMPRESA 2023

El pasado día 23 de diciembre del 2022, se publicó en el BOE, la nueva Ley de Presupuestos Generales del Estado, en el que se regula el crédito que dispondrán las empresas para la formación de sus trabajadores durante 2023.

En Ley 31/2022, de 23 de diciembre, en la Disposición adicional nonagésima segunda, determina la financiación de la formación profesional para el empleo.

El crédito de formación resultará las cuantías ingresadas por la empresa en concepto de formación profesional y el número de trabajadores de la empresa durante el año 2022.

  • Empresas de 1 a 5 trabajadores: disponen de una cantidad mínima de 420€.
  • De 6 a 9 trabajadores: 100%.
  • De 10 a 49 trabajadores: 75%.
  • De 50 a 249 trabajadores: 60%.
  • De 250 o más trabajadores: 50%.

Las empresas de nueva creación, constituidas en el año anterior o en el año en curso y coticen por formación profesional, dispondrán un crédito mínimo de 420€ para formar a sus trabajadores.

Asimismo, se establece en el apartado 7 del artículo 9 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, que las empresas que formen a sus trabajadores afectados por ERTE (Expedientes de Regulación Temporal de Empleo) o por alguna de las modalidades del Mecanismo RED, recogidos en los artículos 47 y artículo 47 bis del Estatuto de los Trabajadores respectivamente, tendrán derecho a un incremento del crédito de formación en función al tamaño de la empresa.

  • 1 a 9 trabajadores: 425 euros por persona.
  • 10 a 49 trabajadores: 400 euros por persona.
  • 50 o más: 320 euros por persona.

Además, el crédito se incrementará para las empresas que, con menos de 50 trabajadores, hubieran comunicado la acumulación del crédito no dispuesto en los dos años anteriores y dentro del primer semestre.

Por último, hasta que FUNDAE no coteje datos con Seguridad Social sobre la información relevante a la plantilla media anterior y las cuotas ingresadas por formación profesional por las empresas, el crédito disponible es provisional. Dicha información se actualiza en el mes de mayo.

Grupo Data como entidad acreditada por el por el Servicio Público de Empleo Estatal y Organizadora de la Fundación Estatal para el Empleo con nº de Expediente B230710AA, nos encargamos de toda la gestión para la realización de cursos de formación bonificada.

 

 

Publicado el 27 deEnero de 2023
Por Raquel Costa
Responsable de Formación Bonificada

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ÚLTIMO MES PARA APLICAR LAS BONIFICACIONES POR FORMACIÓN PROFESIONAL

ÚLTIMO MES PARA APLICAR LAS BONIFICACIONES POR FORMACIÓN PROFESIONAL

 

Comenzamos el año 2023 y con él, inicial el último mes (enero), para aplicar las bonificaciones por formación profesional desarrollada por sus trabajadores en las cotizaciones a la Seguridad Social.

Con carácter general, las bonificaciones se aplican al mes siguiente de la finalización de la formación y a lo largo de todo el año fiscal.

Todas las empresas que han realizado acciones formativas en este año 2022, y hoy en día no han aplicado la bonificación, y todas aquellas acciones formativas que finalicen en el mes de diciembre, tendrán como última fecha de aplicación en los Boletines de Cotización que se presentan con fecha ENERO 2023, correspondiente a los Seguros Sociales devengados en el mes de diciembre de 2022.

Desde Grupo Data, aportamos a las entidades una serie de indicaciones para la adecuada aplicación de las bonificaciones en los recibos de Liquidación de Cotizaciones a la Seguridad Social.

 

Procedimiento de aplicación de la bonificación

Las empresas deberán aplicar el importe de la bonificación en la casilla 601 del modelo TC1 (Bonificaciones/ Subvenciones).

 

¿Dónde contabilizar la factura de formación profesional?

El artículo 21 “Cinco. El apartado 6 del artículo 15” del Real Decreto Ley 4/2015 dicta en la letra “f”:

f) No identificar en cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad todos los gastos de ejecución de las acciones formativas, así como las bonificaciones que se apliquen y la cofinanciación, en su caso, del Fondo Social Europeo u otras ayudas e iniciativas europeas, bajo la denominación de Formación profesional para el Empleo”.

En este sentido, no identificar en cuenta separada o epígrafe específico las bonificaciones aplicadas con la denominación «formación profesional para el empleo» puede derivar en una infracción grave.

Por lo tanto, los gastos incurridos por formación tienen la naturaleza contable de gastos de personal y serán contabilizados, en pérdidas y ganancias, en la cuenta 649. Otros gastos sociales, quedando el asiento contable de la siguiente manera:

Debe                                                                                                                        Haber

(649) Otros gastos sociales:

Formación profesional para el empleo

(472) H.P IVA soportado                                                                       a           (57x) Tesorería

** La imputación del IVA no es aceptable como coste formativo bonificable.

 

¿Dónde contabilizar la aplicación de la bonificación?

La aplicación de la bonificación se debe contabilizar de la siguiente manera:

Debe                                                                                                                        Haber

(476) Organismo Seguridad Social acreedora                                    a          (642) Seguridad Social a cargo de la Empresa

 

Por último, las bonificaciones por formación profesional podrán aplicarse en los boletines de cotización de cualquier código de cuenta de cotización de la empresa.

Así mismo, las empresas que se hayan beneficiado de las bonificaciones en la Seguridad Social, durante un periodo mínimo de 4 años, deberán mantener a disposición de los órganos y control la documentación justificativa de la formación.

Para cualquier consulta, no dude en ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro correo electrónico formacion@grupodata.es o mediante nuestro número de teléfono 927 600 000.

 

 

Publicado el 30 de Diciembre de 2022
Por Raquel Costa
Responsable de Formación Bonificada

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LA FORMACIÓN EN RIESGOS LABORALES EN EL PUNTO DE MIRA

LA FORMACIÓN EN RIESGOS LABORALES EN EL PUNTO DE MIRA

 

Una entidad acreditada como Servicio de Prevención Ajeno y registrada como entidad organizadora de formación profesional bonificada, ha sido sancionada con una multa de 85.762 euros.

El veintitrés de marzo de este año, la Audiencia Nacional desestimó el recurso de apelación, y emitió una sentencia sobre formación en Prevención de Riesgos Laborales.

La empresa demandante fue sancionada por impartir formación bonificada, tanto en formación obligatoria regulada en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) establecida en los art. 19, 20, 34 bis y 37, como la formación trasversal de más de 6 horas de duración, superando el límite establecido en el artículo 7.3 de la Orden TAS/2307/2007 para ser bonificables.

Según el art. 19 de la LPRL establece que “En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de ésta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo”.

 

En relación a lo expuesto anteriormente, cabe añadir que, no toda la formación en materia de PRL es incompatible con formación bonificada, tan solo aquella de obligado cumplimiento y reglamentada por una legislación.

Desde Grupo Data como entidad acreditada por el por el Servicio Público de Empleo Estatal y Organizadora de la Fundación Estatal para el Empleo con nº de Expediente B220076AE, nos encargamos de toda la gestión para la realización de cursos de formación bonifica.

 

 

Publicado el 25 de Noviembre de 2022
Por Raquel Costa
Responsable de Formación Bonificada

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4 MILLONES DE TRABAJADORES HAN REALIZADO FORMACIÓN BONIFICADA

4 MILLONES DE TRABAJADORES HAN REALIZADO FORMACIÓN BONIFICADA

 

La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo ha elaborado un informe donde refleja el análisis de la formación en el año 2021.

Todas las empresas que cotizan en concepto de formación profesional por sus trabajadores son beneficiarias de la formación bonificada.

En el año 2021, un total de 1.666.584 empresas fueron beneficiarias del crédito de formación de las cuales 322.767 empresas realizaron formación, esto ha supuesto un aumento de 23.040 empresas más que en el año 2020, disponiendo de 513,6 millones de euros del crédito de formación que tenían asignado.

En el gráfico que se muestra a continuación, se analizan las comunidades que más participación han tenido en formación bonificada.

 

  Fuente: Elaboración Propia

 

Andalucía, Cataluña, Madrid y Comunidad Valenciana son las comunidades autónomas donde las empresas han proporcionado más formación, aumentando el desarrollo profesional de sus trabajadores, siendo Navarra, La Rioja, Melilla y Ceuta las comunidades donde la participación de formación ha sido menor.

Cabe destacar que, en relación con el crédito de formación dispuesto, Extremadura ha utilizado un 65,3% del crédito asignado, siendo la comunidad donde las empresas han hecho un mayor uso de su crédito de formación.

Respecto al número de participantes en las acciones formativas, asciende a un total de 4.841.385, alcanzado una tasa de cobertura del 36,7%, superior al del año 2020 con una tasa del 30,1%. Las acciones formativas de la familia profesional administración y gestión, seguridad y medio ambiente y comercio y marketing son las más demandas por las empresas.

Entremos en los dos últimos meses para realizar formación bonificada y si tu empresa aún no ha dispuesto del crédito de formación, te animamos a consultar tu crédito y a realizar formación bonificada. Grupo Data como entidad acreditada por el por el Servicio Público de Empleo Estatal y Organizadora de la Fundación Estatal para el Empleo con nº de Expediente B220076AE, nos encargamos de toda la gestión para la realización de cursos de formación bonificada.

 

 

Publicado el 28 de Octubre de 2022
Por Raquel Costa
Responsable de Formación Bonificada

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ÚLTIMOS MESES PARA REALIZAR FORMACIÓN BONIFICADA

ÚLTIMOS MESES PARA REALIZAR FORMACIÓN BONIFICADA

 

Comienza la cuenta atrás, inicia el último trimestre del año para realizar formación bonificada.

Todas las empresas que quieran realizar formación bonificada deberán solicitarla antes de que finalice diciembre. Para que la formación se curse educadamente y con tranquilidad, recomendamos que la formación se realice en los meses de octubre o noviembre.

Anualmente, las empresas disponen de un crédito formativo que varía en función a las cotizaciones aportadas por formación profesional el año anterior.

Para las empresas con menos de 5 trabajadores, o de nueva creación, se les asignará el crédito mínimo de 420€. Para las empresas con más trabajadores el porcentaje de cotización es el siguiente.

  • 6 a 9 trabajadores: 100%
  • 10 a 49 trabajadores: 75%
  • 50 a 249 trabajadores: 60%
  • 250 en adelante: 50%

La formación, debe guardar relación con la actividad que desarrolla la empresa o con el puesto del trabajo, para mejorar sus capacidades. La formación trasversal, como los cursos de idiomas, informática o cumplimiento normativo están relacionadas con las competencias generales de la actividad laboral.

Si tu empresa aún no ha dispuesto del crédito de formación, contacta con nosotros, te consultaremos el crédito del que disponible y te asesoraremos sobre la formación a realizar, disponemos de un amplio catálogo de formación.

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Publicado el 30 de Septiembre de 2022
Por Raquel Costa
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CIBERSEGURIDAD EN TIEMPOS DE PANDEMIA

CIBERSEGURIDAD EN TIEMPOS DE PANDEMIA

 

El 69% de las empresas afirma que ha sufrido entre 1 y 2 ciberincidentes de gravedad durante este último año, agravándose la situación para el 25% de las empresas que afirma haber sufrido más de 2 ciberataques en 2021”, según el informe ‘El estado de la ciberseguridad en España’ de Deloitte.

La ciberseguridad está teniendo un gran impacto en la actualidad, es una de las principales preocupaciones del sector económico. Muchos expertos afirman que durante la pandemia de la COVID-19 han aumentado las amenazas cibernéticas.

¿Deben formar las empresas a los trabajadores en ciberseguridad?

A pesar de que no existe una obligación como tal, la formación en ciberseguridad es indispensable en todas las empresas.

Todos los trabajadores deben tener conocimientos necesario en la materia y conocer una serie de unas prácticas para prevenir en el mayor grado posible las amenazas externas.

En este sentido, es importante saber los diferentes tipos de ciberataques y cómo podemos protegernos frente a ellos.  Desde Grupo Data os facilitamos un curso para evitar que los hackers identifiquen las brechas de seguridad de tu empresa y los ataques que pueda sufrir una persona de forma individual, como es el robo de sus contraseñas, identidades, datos almacenados en la nube y diversos tipos de fraudes.

CONTENIDO:

  • Conocer los diferentes conceptos de seguridad.
  • Conocer la procedencia de los ataques informáticos y sus fases.
  • Dominar las medidas de seguridad existentes según los recursos a proteger, el momento en el que se produce la seguridad o según los elementos sobre los que se aplicarán las medidas de seguridad.
  • Conocer los diferentes mal wareque pueden dañar y/o proporcionar acceso al sistema.
  • Aprender qué es y de qué se compone el Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI).
  • Conocer qué es, para qué son importantes y qué debe contener una política de seguridad.
  • Diferenciar los softwares dañinos existentes.

 

Publicado el 26 de Agosto de 2022
Por Raquel Costa
Responsable de Formación Bonificada

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CURSOS OBLIGATORIOS POR SECTORES

CURSOS OBLIGATORIOS POR SECTORES

 

Todas las empresas tienen la obligación de formar a sus trabajadores en el momento de la contratación independientemente de la duración del contrato.

Dependiendo de la actividad de la empresa, existen una serie de cursos obligatorios para el desempeño laboral de los trabajadores y evitar graves sanciones.

A continuación, indicamos los cursos a realizar en función de la actividad de la entidad. Dichos cursos se pueden realizar mediante formación bonificada no suponiendo coste para la empresa.

Todas las empresas.

Agentes de seguros, abogados, procuradores, joyeros, loteros, inmobiliarias, promotores.

  • Prevención de blanqueo de capitales

Guarderías, colegios, etc.

  • Manipulador de alimentos de alto riesgo.
  • Control de alérgenos e intolerancias alimentarias.

Geriátricos.

Construcción, metal, madera.

  • Plataformas elevadoras.

Hostelería.

Hoteles.

Ambulancias.

  • RCP básica y primeros auxilios
  • Soporte vital básico

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Publicado el 29 de Julio de 2022
Por Raquel Costa
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¿UTILIZAN LAS EMPRESAS EL CRÉDITO FORMATIVO?

¿UTILIZAN LAS EMPRESAS EL CRÉDITO FORMATIVO?

 

La formación es un pilar fundamental para las empresas, ayuda a mejorar la competitividad, así como a incrementar la productividad y empleabilidad ofreciendo un valor añadido a la empresa.

La Formación Bonificada es un crédito concedido a las empresas para que proporcionen a sus empleados acciones formativas relacionas con el puesto de trabajo con el objetivo de aumentar la cualificación profesional e incrementar su el rendimiento en el puesto de trabajo, mejorando sus competencias profesionales.

La principal característica de la formación bonificada es que es totalmente gratuita para los trabajadores y además no supone coste para la empresa, ya que se puede bonificar hasta el 100% del importe de la formación en las cuotas de la Seguridad Social.

La mayoría de las entidades desconocen la posibilidad de aprovecharse de este recurso para formar a sus trabajadores.

Según los datos analizados por la Encuesta Anual Laboral sobre formación programada elaborada por el Ministerio de Trabajo, influyen otros factores por los que las empresas no forman a sus trabajadores como:

  • El nivel de formación de sus empleados es adecuado.
  • Los trabajadores no disponen de tiempo debido a la elevada carga de trabajo.
  • Las empresas contratan personal ya cualificado con las competencias necesarias a desarrollar en el puesto de trabajo.

También, influyen otros factores relacionados con el coste, la falta de cursos adecuados y las dificultades de acceso a ayudas o subvenciones.

Las empresas que forman a sus trabajadores mediante la formación bonificada demandan acciones formativas relacionadas con dirección, trabajo en equipo, atención al público o trato con clientes, administrativas de oficina.

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Publicado el 24 de Junio de 2022
Por Raquel Costa
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ACTUALIZACIÓN DEL CRÉDITO FORMATIVO 2022

ACTUALIZACIÓN DEL CRÉDITO FORMATIVO 2022

 

El pasado día 09 de mayo de 2022, FUNDAE actualizó el crédito formativo de 2022 del que disponen las empresas para realizar formación bonificada a sus trabajadores.

Desde el día 07 de mayo, después de cruzar datos con Seguridad Social, FUNDAE ha actualizado toda la información referente a la plantilla media de trabajadores que tuvieron las empresas y las cuotas de formación profesional del año 2021.

Las empresas ya disponen del crédito real que les corresponde para realizar formación bonificada durante el 2022.

FUNDAE informa a las empresas que, si al acceder a su crédito formativo, les aparece una comunicación sobre datos de cuota de cotización y plantilla media del año anterior pendiente de validar y la empresa no es de nueva creación (posterior a enero de 2021), puede que se deba a un error en la mecanización del CIF o cuenta de cotización o bien que la empresa haya sufrido algún cambio societario.

Asimismo, las empresas podrán consultar posibles notificaciones dentro de la aplicación de FUNDAE en el buzón de comunicaciones.

En caso de haber recibido alguna comunicación, deberán acreditarlo ante FUNDAE con el fin de que los datos aparezcan correctamente.

Todas las empresas disponen de un crédito formativo que se les asigna todos los años en función de las cotizaciones a la seguridad social que y el número de trabajadores de la empresa del año anterior.

  • 1 a 5 trabajadores: disponen de una cantidad mínima de 420€.
  • 6 a 9 trabajadores: 100% de la cantidad cotizada.
  • 10 a 49 trabajadores: 75% de la cantidad cotizada.
  • 50 a 249 trabajadores: 60% de la cantidad cotizada.
  • 250 trabajadores en adelante: 50% de la cantidad cotiza.

El crédito que corresponde a cada de empresa se establece en los Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio.

Además, el crédito se incrementará para las empresas que, con menos de 50 trabajadores, hubieran comunicado la acumulación del crédito no dispuesto en los dos años anteriores y dentro del primer semestre.

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Publicado el 27 de Mayo de 2022
Por Raquel Costa
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LOS NUEVOS ERTE DEL MECANISMO RED PARA LAS AGENCIAS DE VIAJE

LOS NUEVOS ERTE DEL MECANISMO RED PARA LAS AGENCIAS DE VIAJE

 

La reforma laboral, publicada en el Real Decreto-ley 32/2021,incorpora la creación de Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo que, una vez aprobado por el Consejo de Ministros, permitirá a las empresas la solicitud de medidas de reducción de jornada y suspensión de contratos de trabajo.

 

De conformidad con el artículo 47 bis del Estatuto de los trabajadores, en este Mecanismo RED existen dos modalidades.

  1. Cíclica, cuando se aprecie una coyuntura macroeconómica general que lo aconseje, con una duración máxima de un año.
  2. Sectorial, cuando un sector o sectores de actividad se aprecien cambios permanentes que sean necesarios de recualificación y transición profesional, con una duración máxima inicial de un año y la posibilidad de dos prórrogas de seis meses cada una.

La modalidad sectorial está destinada a ayudar al sector de las agencias de viajes, es uno de los más afectados debido a que la actividad turística se ha frenado por la pandemia y hoy en día siguen sin poder realizar la actividad con normalidad.

Todas las empresas que soliciten esta modalidad a través del Mecanismo RED podrán aplicar de forma voluntaria un 40% de exoneración en los seguros sociales vinculadas a presentar un plan de re-cualificación y transición profesional de sus trabajadores.

Las empresas que se clasifiquen en los códigos de CNAE 7911– actividades de las agencias de viajes, 7912 – actividades de los operadores turísticos y 7990 – otros servicios de reservas y actividades, podrán solicitar la reducción de la jornada o la suspensión de los contratos de trabajo, en cualquiera de sus centros de trabajo entre el 1 de abril y el 31 de diciembre de 2022.

Las empresas que apliquen las exoneraciones por ERTE RED sectorial, están obligadas a formar a sus trabajadores, es por ello, que tendrán derecho a un incremento del crédito de formación disponible para la financiación en el ámbito de la formación programada, según lo establecido en el Real Decreto-ley 18/2021.

En la modalidad cíclica las exoneraciones serán las siguientes.

  • 60% desde la fecha en que se produzca la activación, por acuerdo del Consejo de Ministros, hasta el último día del cuarto mes posterior a dicha fecha de activación.
  • 30% durante los cuatro meses siguientes a la finalización del plazo a.
  • 20% durante los cuatro meses siguientes a la finalización del plazo anterior.

Para poder aplicar estas bonificaciones, la empresas debe presentar una comunicación con la identificación de los trabajadores afectados indicando el periodo de suspensión o reducción de jornada, y declaración responsable en relación con el código de cuenta de cotización en el que figuren el alta y mes devengado.

En Grupo Data te elaboramos el Plan de Re-cualificación y te ofrecemos un amplio catalogo de cursos para forma a tus trabajadores en ERTE

 

Publicado el 29 de Abril de 2022
Por Raquel Costa
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