¿QUÉ ES EL DROPSHIPPING?

¿QUÉ ES EL DROPSHIPPING?

El dropshipping es un modelo de negocio en el que la empresa a la que se compra el producto actúa como intermediario entre el consumidor y el proveedor, es decir, la tienda recibe el pedido, gestiona el pago, realiza todo el cumplimiento y envía el pedido al proveedor, que se encarga de la preparación y entrega de los artículos.

Esta modalidad se convierte en una solución perfecta para las pequeñas empresas o negocios que acaban de iniciar, que no disponen de capital o espacio suficiente para guardar sus propias existencias. Con el dropshipping o drop shipment no tendrás que ocuparte de los pasos de selección, preparación y envío del producto, ahorrando así tiempo y dinero.

Ventajas del dropshipping para las pequeñas empresas o que acaban de iniciar su actividad

El Dropshipping dispone de una serie de ventajas u oportunidades para aquellos/as que están dando sus primeros pasos en los negocios a través de Internet. Su principal atractivo es el hecho de no tener la necesidad de invertir una gran cantidad para disponer de tu inventario.

Al no tener esa carga de trabajo de gestión de inventario y envío, puedes invertir recursos en otros aspectos de tu tienda online. Ejemplo de ello, es que el tiempo destinado a la clasificación de los artículos o gestión de stock, se puede emplear en la creación de campañas de marketing, de un boletín informativo, gestión de la empresa en redes sociales…

Otro punto atractivo de este modelo es la simplicidad del sistema logístico. Ya que trabajar con diferentes proveedores con diferentes localizaciones, permite estar más cerca del cliente final y   hacer más fácil la entrega.

También otorga la posibilidad de ampliación del negocio. En el caso de querer ampliar las ventas y no querer incurrir costes de inventario y logística, con contratar nuevos proveedores o ampliar una el volumen de gestión de pedidos.

Los errores más frecuentes al adoptar el dropshipping

  • La elección de proveedores. A veces dar prioridad a los precios bajos, provoca en que no nos centremos en analizar otras características del proveedor como puede ser el servicio de calidad, incumplimiento en plazos de envío… Estos problemas internos, entre ambas figuras, al cliente no le interesa. Quién sale dañada es la imagen de marca.
  • El exceso de variedad de productos y de diferentes nichos de mercado. Debido a las ventajas de este modelo es tentador querer abarcar una gran variedad de productos y así abarcar diferentes nichos de mercado. Esto provoca que la empresa tenga dificultades en destacar.
  • Cálculo de los costes de envío. Uno de los factores determinantes en las compras online es el importe de los gastos de envío. Antes de iniciar una colaboración con el proveedor, es impórtate determinar estos costes en función de las características del producto, como es peso, longitud… ya que a veces no se tiene en cuenta todas las particularidades del producto creando confusión o encarecimiento en el precio final.
  • Fallos de comunicación.  Es frecuente el no disponer de canales de comunicación eficientes o no conceder información del envío porque no sea tu responsabilidad efectuarlo. Es fundamental otorgar un canal de información sencillo para que el cliente se ponga en contacto o el envío de emails informativo con el estado del pedido. El canal ser desde un correo electrónico, un número de teléfono, un formulario en línea, un chat o incluso un número de whatsapp corporativo. Los consumidores necesitan un medio de confianza para hacer preguntas o resolver problemas cuando hagan compras.

Desde GRUPO DATA, queremos informarte de todas los modelos de negocio en línea útiles para que el desarrollo de tu negocio online sea lo más eficaz posible.

 

Publicado el 25 de Agosto de 2023
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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SOCIAL COMMERCE: LAS COMPRAS A TRAVÉS DE LAS REDES SOCIALES

SOCIAL COMMERCE: LAS COMPRAS A TRAVÉS DE LAS REDES SOCIALES

El social commerce es una forma de comercio online que emplea las redes sociales como un nuevo canal de venta, donde el factor clave es la interacción del usuario con las diferentes marcas o comercios.  Esta modalidad de compra forma parte del día a día de bastantes consumidores/as usuarios/as, debido a que el mayor número de la población dispone de redes sociales y tiene acceso a este nuevo canal de ventas, pero en cambio, aún existen ciertas barreras que los negocios tienen que afrontar.

Debido a la digitalización del mundo que nos rodea, una de las estrategias efectivas de este 2023 es apostar por las estrategias de social commerce, debido a la alta presencia de personas en las diferentes plataformas y su uso diario por estas.

Un tercio de las personas presentes en las diversas plataformas de redes sociales compra a través de este medio y los/as usuarios/as cada vez más se encuentras más receptivos con esta vía.

Las entidades que tienen presencia en estas plataformas de creación de contenido social las emplean no solo para hacer publicidad de sus productos/servicios, si no que aprovechan ese momento de captación de atención del usuario/a para efectuar la venta directa y así aprovechar ese impulso de compra.

Por lo tanto, los consumidores pueden visitar el perfil de la marca e interactuar con los vendedores, bien sea mediante transmisiones en directo y preguntar todas las inquietudes sobre el producto o servicio en cuestión, realizar encuestas sobre los diferentes productos o incluso formalizar la propia venta o redireccionar a la propia tienda online.

Esta modalidad, a pesar de estar en auge, existen usuarios que se muestran reticentes a esta nueva modalidad, ya que a la mayoría de usuarios/as son desconfiados al cambio.

¿Qué pasos debes seguir si quieres optar por un social ecommerce?

  • En primer lugar, debemos ver cómo crear el contenido, que plataforma elegimos, los activos creativos y dónde se publicarán y promocionarán.
  • En segundo lugar, crear una estrategia sólida de redes sociales, construida en todas las plataformas de social media.
  • En tercer lugar, estudiar la audiencia o colectivo de destino.
  • Por último, debemos cerrar el ciclo con una sólida estrategia de conversión.

Actualmente las plataformas sociales idóneas para llevar a cabo esta modalidad de negocio son:

  • Facebook
  • Instagram
  • TikTok
  • Pinterest

Desde Grupo Data te informamos de los diferentes modelos de negocio online, si desea obtener más información accede al apartado de contacto.

 

Publicado el 28 de Julio de 2023
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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¿QUÉ ES EL MARKETING DE CONTENIDOS?

¿QUÉ ES EL MARKETING DE CONTENIDOS?

Como su propio nombre indica el Marketing de Contenidos es una estrategia enfocada en generar confianza a clientes potenciales de una forma natural, publicitando productos/servicios de su interés que se distribuyen en los distintos canales y medios digitales en los que está esos clientes potenciales.

 

No es una tendencia de eCommerce nueva ni novedosa, el marketing de contenido es muy útil y eficaz. Esta estrategia emplea contenido creativo como artículos, videos y publicaciones en redes sociales para atraer, informar o resolver posibles dudas de los clientes potenciales.

A pesar de ser similares el marketing de contenido y el marketing en redes sociales, no son la misma estrategia. El primero crea contenido para generar confianza, mientras que el segundo promueve contenido para atraer e interactuar con clientes potenciales y existentes.

Uno de los puntos clave de la eficacia del marketing de contenidos es la creación de un contenido único y de calidad. Por lo tanto, siempre debes enfocar ese contenido a un público genuino e identificable.

Ejemplo de la aplicación de esta estrategia de márketing es el de uno de los principales minoristas en línea, Net-A-Porter, ya que publica artículos sobre moda y estilo de vida con personas conocidas en la actualidad y son un referente de la industria. Por lo que Net-A-Porter permite a los lectores leer y comprar al mismo tiempo, mediante la inclusión de enlaces en comprar el look debajo de las fotografías de las personas entrevistadas.

Ese contenido generado por el usuario, es decir esa información proporcionada, se ha convertido en una parte clave del marketing de contenido. El 72% de los clientes potenciales creen que las reseñas de los clientes finales son más creíbles que la promoción interna de una marca. Por lo tanto, los clientes felices son embajadores de marca influyentes, debido a que sus recomendaciones tendrán mucho peso sobre posibles clientes potenciales.

Este contenido generado por el usuario en tu sitio web o plataformas sociales puede impulsar el engagement (aptitud de una marca para generar compromiso con sus consumidores a través de relaciones persistentes y estables) y las impresiones de nuevos clientes. Ese contenido mostrado sobre clientes reales y sus experiencias produce una mayor interacción con otros clientes.

No solo eso, si no que a los especialistas en marketing proporciona información sobre como la audiencia interactúa con los productos/servicios, percibe la marca y brinda comentarios valiosos.

 

Publicado el 30 de Junio de 2023
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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TÉRMINOS Y CONDICIONES, DOCUMENTO VINCULANTE ENTRE LAS PARTES

TÉRMINOS Y CONDICIONES, DOCUMENTO VINCULANTE ENTRE LAS PARTES

En el caso de disponer de una tienda online, app, web, o cualquier otro tipo de herramienta online que implique un rendimiento económico, a través de la misma, los Términos y Condiciones Generales será el clausulado que contemplará bajo qué premisas quedan vinculados el prestador de servicios con el usuario/a de internet.

El mencionado texto está compuesto por cláusulas no negociables que se incorporan al contrato por una de las partes, en este caso, el prestador de servicios. Para que este sea válido y no contraria a la normativa, deben de estar visible en todo momento, previa contratación, y redactado de forma clara, transparente, concreta, sencilla y sin la incorporación de cláusulas que resulten abusivas para los/as consumidores.

Por lo tanto, cuando estés desarrollando tu espacio web y ejerzas tu actividad mediante esta, NO COPIES LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES de otro sitio web, aun siendo similar a la actividad que se pretende desempeñar. Este clausulado, debe ser un traje a medida, el cual debe contemplar todas las particularidades, características y entresijos del negocio, desde las modalidades de pago, hasta las diferentes formas de resolver los posibles problemas.

A continuación, te indicamos porque no es recomendable copiar la información de un negocio a otro:

  1. Información incorrecta. En el documento el prestador de servicio debe de identificarse correctamente, conforme las indicaciones de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio electrónico.

En el caso de realizar un copia y pega, se nos puede pasar cambiar algún dato identificativo, conllevando a error entre los posibles clientes. La equivocación en la información contemplada o la ausencia de alguno de ellos, puede conllevar multas de 800 a 1200€.

  1. Normativa errónea. Hay que revisar que la normativa contemplada es la aplicable a tu ámbito de actuación y del sector correcto. Un fallo muy frecuente es la normativa derogada o de países terceros, fuera del Espacio Económico Europeo.

Además, se debe tener presente los tribunales competentes en casos de controversia, en este caso, la regla general es el domicilio del consumidor final, e incorporar un sistema extrajudicial de resolución de conflictos. Las multas por este tipo de cuestiones van de 2000 a 4000€.

  1. Desaprovechamiento de ventajas. Al usar textos procedentes de otros sitios webs, hace que no explotes correctamente las oportunidades de tu negocio y pases por alto ventajas competitivas.
  2. Datos personales. La alusión al texto política de privacidad puede conllevar a que el titular del sitio web sufra el riesgo de incluir información no necesaria para el desempeño de la finalidad web e incumplir con el derecho de información que tiene el usuario del producto o servicio. Estas cuestiones pueden ser penalizadas con importe de 1000 a 3000 €.

Desde Grupo Data, queremos que tengas en cuenta de la correcta adaptación normativa de tu negocio online y evitar cualquier tipo de problema o susto. Por ello, os animamos a que solicitéis información para no tener ningún sobresalto.

 

Publicado el 26 de Mayo de 2023
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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SE INCREMENTA LA SEVERIDAD DE LAS NORMAS DE SEGURIDAD DE LAS COMPRAS ONLINE

SE INCREMENTA LA SEVERIDAD DE LAS NORMAS DE SEGURIDAD DE LAS COMPRAS ONLINE

El Parlamento Europeo ha aprobado un acuerdo para reforzar la protección de los/as consumidores/as y usuarios/as en las compras online y limitar los riesgos de esta modalidad. Lo que se persigue es la retirada del mayor número de productos fraudulentos, equiparar su seguridad a la del comercio tradicional y la protección de los/as consumidores/as vulnerables, como pueden ser menores o personas con discapacidad.

La Eurocámara se ha pronunciado sobre lo siguiente: «las evaluaciones de la seguridad de los productos incluidas en el Reglamento tienen en cuenta los peligros potenciales para los grupos más vulnerables, como los menores, así como consideraciones de género y de ciberseguridad», esto conllevará a un aumento de las obligaciones por parte de los operadores económicos (entre los que están fabricantes, importadores y distribuidores) y un incremento de los poderes de las autoridades de control.

Entre las medidas impuestas a los operadores económicos estará la de colaborar con las autoridades correspondientes para neutralizar los posibles riesgos existentes, por lo que podrás exigir que eliminen o bloquen el acceso a productos peligrosos o limitar la venta de productos procedentes fuera de la UE ya que solo se podrá comercializar si tienen un operador económico dentro del territorio europeo.

En cuanto a los/as consumidores/as y usuarios/as tendrán derecho a iniciar reclamaciones colectivas o presentar queja. Además, toda la información relativa a la seguridad del producto y opciones de reparación debe estar en un lenguaje claro y comprensible.

También, el portal “Safety Gate”, el sistema de alerta rápida de productos peligrosos va a realizar cambios y modernizarse para que así, permitir una detección más rápida y eficaz de los productos no seguros y estar más accesible a todo tipo de consumidores/as y usuarios/as.

Dita Charanzová, negociadora del Reglamento por parte del Parlamento comentó: Alguien debe hacerse responsable de cada producto que se comercializa en la UE. Los productos no seguros serán suprimidos de las webs en dos días como máximo. Los consumidores serán informados por correo electrónico si han comprado un producto que no es seguro. Además, tendrán derecho a la reparación, la sustitución o la devolución en caso de retirada. Una vez que la ley sea de aplicación, habrá menos productos peligrosos en Europa”.

Una vez que el Consejo de la UE de el OK al texto, podrá publicarse en el Diario Oficial de la UE y entrar en vigor a los 18 meses consecutivos.

Por ello, desde Grupo Data velamos por la seguridad de los/as consumidores/as y os facilitamos la guía publicada por la Agencia Española de Protección de Datos para efectuar compras seguras en internet https://www.aepd.es/es/documento/guia-compra-segura-digital-web.pdf.

 

 

Publicado el 28 de Abril de 2023
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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LA NORMATIVA DE PROTECCIÓN DE DATOS Y LSSICE EN LAS WEBS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

LA NORMATIVA DE PROTECCIÓN DE DATOS Y LSSICE EN LAS WEBS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Hoy en día, todos sabemos que son las cookies de un sitio web, son archivos de texto muy pequeños que un servidor Web puede guardar en el navegador de un equipo para almacenar algún tipo de información sobre el usuario.

Cualquier sitio web debe de cumplir con la normativa de protección de datos, las guías de la Agencia Española de Protección de datos, en concreto la Guía de uso de Cookies publicada, en junio de 2022, y la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, en adelante, LSSICE.

La LSSICE se aplica a los prestadores de servicios de la sociedad de la información establecidos en España, definiéndolos como “todo servicio prestado normalmente a título oneroso, a distancia, por vía electrónica y a petición individual del destinatario” remarcando que comprende también servicios no remunerados por sus destinatarios en la medida en que constituyan una actividad económica para el prestador del servicio.

Una Administración Pública, por el hecho de tener página web o dar servicios a través de Internet no siempre es considerada como prestador de servicios y, en consecuencia, como un sujeto obligado de la LSSICE.

En febrero de 2023, la autoridad nacional de Protección de Datos, publicó unas Orientaciones sobre Cookies y Analítica Web en los portales de las Administraciones Públicas, con el objetivo de informar sobre el su empleo y el uso de tecnologías similares en portales web de Administraciones Públicas, en concreto cuando se trate de servicios de analítica web.

¿Cuándo se aplica la LSSICE en las Administraciones Públicas?

Las Administraciones Públicas pueden llevar a cabo a través de su portal web determinadas actividades, como pueden ser: la gestión electrónica de la recaudación de tributos, la información sobre los servicios de un tercero o el cobro de tasas por un servicio público se consideran actividades públicas o de interés general y, por lo tanto, estarían fuera del término «actividad económica» a la que refiere la LSSI.

Sin embargo, si en la web perteneciente a una Administración Pública se presta algún tipo de servicio que implique una actividad económica, por ejemplo: la venta de libros, entradas, etc., sí le sería de aplicación la normativa comentada.

¿Cuándo se aplica la normativa de Protección de Datos en las Administraciones Públicas?

En el caso de que el sitio web obtenga información mediante el uso de cookies y se emplee en un tratamiento de datos personales serán de aplicación el RGPD y la LOPDGDD. Debido a que, en relación con tratamientos de datos personales, los servicios de analítica web son especialmente delicados cuando recaban datos personales, por ejemplo: en el caso de contribuir al seguimiento de la navegación de los usuarios, al perfilado, den soporte a decisiones automatizadas, etc.

Si la Administración Pública es considerada prestador de servicios será sujeto de aplicación de la LSSICE. De igual modo, conforme lo establecido en el artículo 95 del RGPD no se impondrán obligaciones adicionales por parte de la normativa de protección de datos.

En función de lo anterior, la Administración Publica tendrá que cumplir con lo establecido en la normativa en función de la situación en la que se encuentre:

1. El portal web de la Administración NO ejerce la actividad de prestador de servicios NI trata datos de carácter personal, a través de cookies.

Si la Administración Pública se encasilla en la situación comentada, no se aplicará la LSSICE. Además, si opta por emplear cookies sin tratamiento de datos personales o directamente no utilizar ninguna tecnología catalogada como cookies, no entrará en el ámbito material ni del RGPD ni de la LOPDGDD.

En conclusión, no será obligatorio obtener el consentimiento para el uso de las cookies, ni informar a los interesados mediante políticas de cookies o de privacidad, ni cumplir cualquier otra obligación.

2.El portal web de la Administración NO ejerce la actividad de prestador de servicios, pero SÍ trata datos de carácter personal, a través de cookies.

No será de aplicación la Ley de Servicios de la Información y Comercio Electrónico, en cambio emplea información obtenida mediante cookies para la realización de tratamientos de datos personales, dichos tratamientos estarán sometido al RGPD y la LOPDGDD. Esto implica disponer de una base jurídica para realizar el tratamiento, informar a los interesados en la política de privacidad, ofrecer y posibilitar el ejercicio de los derechos a los interesados y establecer las garantías necesarias en caso de transferencias internacionales de datos, sin perjuicio del resto de requisitos de obligado cumplimiento que fueran aplicables a dicho tratamiento. No solo eso, si no deberá de disponer de una política de cookies informando sobre su uso.

3.El portal web de la Administración Si es considerado prestador de servicios.

Se aplicará ambas normativas, tanto la LSSICE como la legislación de Protección de datos, no se da ninguna particularidad con respecto a cualquier otro servicio de la sociedad de la información por el hecho de ser una Administración Pública.

 

 

Publicado el 31 de Marzo de 2023
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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LA IMPORTANCIA DE IMPLANTAR LOS PROCEDIMIENTOS DE CALIDAD EN LAS EMPRESAS

LA IMPORTANCIA DE IMPLANTAR LOS PROCEDIMIENTOS DE CALIDAD EN LAS EMPRESAS

Existen numerosas definiciones del concepto de calidad, desde diferentes puntos de vista o perspectiva, nosotros nos quedamos con la definición que se contempla en la norma ISO 9000:2015 la calidad es el grado en el que un conjunto de características inherentes a un objeto (producto, servicio, proceso, persona, organización, sistema o recurso) cumple con los requisitos.

De todas las definiciones que hacen diversos/as autores/as podemos extraer una idea común que es la satisfacción plena de los clientes y no solo de estos, sino que también de los empleados, operarios, directivos, proveedores, accionistas y propietarios.

Actualmente estamos en un entorno cambiante, un factor que nos permite permanecer y garantizar la continuidad de nuestro negocio es la calidad. Seguir esta filosofía de negocio nos permite:

  1. Mejorar nuestros productos y servicios y puede conllevar a una disminución de costes y así aumentar la rentabilidad de estos.
  2. Supone un factor de motivación e integración entre el personal de la entidad, ya que permite a todos/as seguir un objetivo común.
  3. Reforzar nuestra imagen de empresa a los clientes, debido a que ese proceso de mejora continua conlleva aumentar el grado de satisfacción de los clientes y así ganar su lealtad.

¿Qué factores tienen en cuenta los clientes en lo que respecta la calidad?

Cada cliente/a es un mundo y no existen dos iguales, ya que cada uno/a tiene una percepción y visión sobre las características que debe de tener un producto/servicio para satisfacer sus necesidades. Conforme las 8 dimensiones de calidad del profesor David Garvin existen factores que permiten a las entidades competir con el factor de calidad:

  1. RendimientoLas características operativas principales de un producto.
  2. Características.  Son las características adicionales que incrementa el atractivo del producto/servicio.
  3. Confiabilidad. La probabilidad de que el producto/servicio no falle dentro de un periodo determinado.
  4. Conformidad. La forma en la que el producto/servicio cumple con los estándares específicos.
  5. Durabilidad. Es la vida del producto.
  6. Facilidad del servicio. Es la rapidez con la que el producto pueda volver a ponerse en servicio.
  7. Estética. Es cualidad subjetiva que nos indica la respuesta que un usuario/a tiene a un producto/servicio.
  8. Calidad Percibida. Es la calidad atribuida a un bien/servicio en medidas indirectas.

Todo lo que conlleva la calidad y como afecta a nuestra empresa es muy importante, la forma adecuada de comprobar si disponemos de una buena percepción e implantación de este modelo de negocio es mediante la certificación de las normas ISO.

La adecuación de alguna norma ISO a nuestra entidad nos otorga la posibilidad de crecer como empresa, ya que permiten que los procesos mejoren y los clientes queden más satisfechos.

En concreto, la familia de normas ISO 9000 tienen como fin homogenizar los estándares de calidad de las entidades, abarcando desde la calidad del producto/servicio, de los procesos de producción y organización interna de la entidad:

  • ISO 9000:2015 de Sistemas de Gestión de la Calidad y define los fundamentos o principios básicos para los sistemas de gestión de calidad.
  • ISO 9001:2015 también es de Sistemas de Gestión de la Calidad, pero en vez de contemplar los fundamentos o principios, establece los requisitos mínimos que debe de tener un sistema de gestión de calidad para que resulte eficiente.
  • ISO 9004:2018 de Gestión para el éxito sostenido de una organización, pretende que las entidades mejoren constantemente y consigan un rendimiento y resultados mejoras.

En resumen, la norma ISO 9000 contempla los principios básicos, la ISO 9001 los requisitos y la ISO 9004 de la mejora continua.

 

 

Publicado el 24 de Febrero de 2023
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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LAS MODIFICACIONES SOBRE EL IVA QUE ENTRAN EN VIGOR A PARTIR DEL 1 DE ENERO 2023 DEBIDAS AL REAL DECRETO-LEY 20/2022, PUBLICADO EN BOE EL 28 DE DICIEMBRE DE 2022

LAS MODIFICACIONES SOBRE EL IVA QUE ENTRAN EN VIGOR A PARTIR DEL 1 DE ENERO 2023 DEBIDAS AL REAL DECRETO-LEY 20/2022, PUBLICADO EN BOE EL 28 DE DICIEMBRE DE 2022

El pasado 28 de diciembre se publicó en el BOE el Real Decreto Ley 20/2022 de modificaciones sobre el IVA, que entran en vigor a partir del 2023, por lo que será necesario adaptar todos los comercios que vendan los productos indicados a continuación.

Estas medidas no tienen carácter permanente, sino todo lo contrario, son vigentes hasta el 30 de junio de 2023 o si a fecha de 1 de marzo de 2023 la tasa interanual de inflación subyacente, publicada en abril de 2023, es inferior al 5,5%.

Cabe destacar que esta reducción del IVA no puede afectar en ningún caso al margen del beneficio del empresario, sino que solo debe afectar de forma exclusiva al consumidor final.

Para su control, es necesario de informar debidamente del tipo impositivo 0% en los libros de registro. En el caso del comercio electrónico se debe configurar correctamente la web a la hora de aplicar el impuesto. Informar de forma incorrecta podría provocar la aplicación de la regla de la prorrata por parte de la Agencia Tributaria.

En primer lugar, se aplicará el 5% de IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de los siguientes productos:

  1. Los aceites de oliva y de semillas.
  2. Las pastas alimenticias.

El tipo del recargo de equivalencia (RE) aplicable a estas operaciones será del 0,625 por ciento.

En segundo lugar, se aplicará el tipo del 0 % de IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de los siguientes productos:

  1. El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
  2. Las harinas panificables.
  3. Los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
  4. Los quesos.
  5. Los huevos.
  6. Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.

El tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 0 por ciento.

Como hemos comentado anteriormente, esta reducción del tipo impositivo beneficiará únicamente al consumidor, sin que el importe de la reducción pueda dedicarse total o parcialmente a incrementar el margen de beneficio empresarial con el consiguiente aumento de los precios en la cadena de producción, distribución o consumo de los productos.

Cuadro resumen tipos aplicables a partir de 1 de enero de 2023

 

 

Publicado el 27 de Enero de 2023
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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¿CÓMO ES EL COMPORTAMIENTO DEL CONSUMIDOR EN LAS COMPRAS NAVIDEÑAS 2022?

¿CÓMO ES EL COMPORTAMIENTO DEL CONSUMIDOR EN LAS COMPRAS NAVIDEÑAS 2022?

La Navidad este año está resistiendo la presión causada por inflación, esta época se caracteriza por ser de índole emocional y provocando un incremento del gasto previsto por parte de los consumidores.

El comportamiento del consumidor actual, va cambiando constantemente debido a la situación anteriormente comentada, disminuyendo la preocupación sobre la COVID-19. La posición actual del consumidor es más cauta, pero con una visión al corto plazo, a la hora de realizar compras.

También, se tienen más en cuenta el gasto discrecional, esto son aquellos que realizamos en cosas que no son imprescindibles en nuestro día a día, y pretenden satisfacer un capricho o un deseo.

Debido a la vuelta, de forma física, de los trabajadores a sus puestos habituales de trabajo en las correspondientes instalaciones, según un estudio de Deloitte,” las compra a través del canal online se ha estabilizado después del rápido crecimiento experimentado durante la pandemia y el regreso paulatino a las oficinas ha impulsa la recuperación del canal offline, así como la recuperación en restauración y moda”.

También son más eficientes y más reflexivos a la hora de efectuar una compra, buscando el mejor precio y utilizando clubes de fidelización para evitar la subida de precios. No solo eso, sino que ahora el consumidor visita más establecimientos para comparar y encontrar los productos que más se ajusten a sus necesidades.

Respecto a las preferencias en el gasto efectuado por los consumidores, la vivienda sigue siendo uno de los conceptos más relevantes, la alimentación sube 2 p.p respecto al año pasado y el vestuario y cuidado personal vuelve a tomar mayor importancia a medida que disminuye la figura del teletrabajo.

En cuanto al calendario de compras en estas fechas, diciembre sigue siendo el mes preferido por los consumidores españoles para efectuar sus compras navideñas, abarcando el 49% de los encuestados, según el estudio de Deloitte, aunque ha perdido relevancia frente al año pasado, ya que ha descendido un 4%. Este descenso del porcentaje es debido a que los consumidores adelantan las compras a noviembre para así mitigar el gasto que se suele tener en estas fechas y aprovechando días claves como Black Friday o Ciber Mondey.

La estimación del gasto navideño por hogar para el año 2022 es de 634€ aprox. Incrementando en 3 euros la previsión del año anterior.

En estas fechas, las categorías de ocio y restauración incrementan llegando a un 29%, pero no es la única categoría que aumenta, sino que también se incrementan los gastos en regalos a un 12.4 %.

Desde Grupo Data, te informamos de las nuevas tendencias y cambios en la figura del consumidor, si desea obtener más información, contacta a través del formulario de contacto de nuestra página web www.grupodata.es.

 

Publicado el 30 de Diciembre de 2022
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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¿CÓMO SE PRESENTA EL ÁMBITO PUBLICITARIO EN 2023?

¿CÓMO SE PRESENTA EL ÁMBITO PUBLICITARIO EN 2023?

Todos sabemos la importancia de la publicidad a la hora de vender nuestros bienes/servicios. La evolución de los usuarios de internet, la digitalización y el consumo de redes sociales, ha fomentado el uso de la Publicidad Programática. En vistas al año venidero los gigantes tecnológicos han realizado grandes inversiones para el desarrollo de esta modalidad publicitaria.

Entre las tendencias en publicidad programática en 2023 están:

 

La publicidad programática en video

A todos nos ha pasado que hemos visto un video antes de empezar o en la mitad del mismo nos ha aparecido algún anuncio.

Muchas empresas compran espacios publicitarios y junto a la tecnología de aprendizaje automático pueden obtener resultados muy buenos en cuanto a dar a conocer sus productos o servicios.

Todos los indicadores apuntan a que no será una tendencia pasajera, el 62% de las empresas que emplean este medio, dicen lograr sus objetivos con estrategias de publicidad programática de vídeo.

 

Mobile Friendly

Más del 87% de los usuarios de internet, disponen de un dispositivo inteligente por lo que todos los espacios webs te permiten que sean visitados desde un smartphone o una tableta sin sufrir ningún cambio en su diseño original, ya que se adapta a la escala de la pantalla del dispositivo móvil.

Además, debido al uso de aplicaciones en estos dispositivos, se compran espacios publicitarios para así tener mayor alcance. Ejemplo de ello es la publicidad en los juegos.

 

Campañas Programáticas internas

El empleo de campañas de publicidad programática se ha disparado, se ha pasado de externalizar el servicio a que la empresa explote, con su base de datos, esta modalidad publicitaria. Ofreciendo publicidad de interés a sus propios clientes.

 

Audio programático

Desde la pandemia, se ha puesto en tendencia la creación de Podcasts, y al igual que en los creadores de videos, se pueden comprar espacios publicitarios en esta nueva modalidad. Aunque parezca todo nuevo, puede asimilarse a la publicidad en la radio.

 

Publicidad contextual

Consiste en seleccionar en que páginas web quieres aparecer en función de una palabra clave que utilicen, o en función de la temática del sitio web. De este modo, la empresa que utilice esta modalidad se asegura que el contenido que publica, en la plataforma seleccionada, tiene algún tipo de relación con sus productos o servicios, aumentando así sus probabilidades de conversión debido a que al público objetivo de esa web se le presupone un mínimo interés.

 

Cookies de caducidad y soluciones de datos de origen

Las cookies de terceros se prevén que lleguen a su fin debido a la implantación de la normativa de protección de datos, en concreto con el nacimiento del Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea.

En principio, cara el año 2024 se espera su eliminación completa, por parte del gigante tecnológico Google, y para que esto no suponga un impacto total a la compañía se están trabajando en alternativas que sustituyan estas cookies de terceros.

En conclusión, a lo largo del 2023, conforme evoluciones los usuarios y el entorno en el que se encuentran, los especialistas de marketing irán desarrollando nuevas soluciones que cumplan con la privacidad del usuario y que sea efectiva a la hora de promocionar los bienes/servicios de las empresas.

Lo más conveniente es emplear tendencias de marketing será comenzar a desarrollar soluciones propias que recaben información de primera mano a partir de canales que pertenecen a las empresas como, por ejemplo, encuestas o campañas de email marketing.

 

Publicado el 28 de Noviembre de 2022
Por Alfredo Barroso
Responsable de LSSICE y Comercio Electrónico

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