El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado día 8 de mayo de 2026 la Resolución de 31 de marzo de 2026, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), por la que se actualizan los módulos económicos aplicables al cálculo de los costes financiables de la actividad formativa inherente al contrato de formación en alternancia.

La resolución se dicta en desarrollo del artículo 19.1 del Real Decreto 1065/2025, de 26 de noviembre, norma reguladora del régimen jurídico del contrato formativo previsto en el artículo 11 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Dicho precepto habilita a las empresas para financiar el coste de la formación vinculada al contrato de formación en alternancia mediante bonificaciones en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social.
Hasta la aprobación de la futura orden ministerial prevista en el citado real decreto, continúa resultando de aplicación transitoria la regulación contenida en los artículos 8, 9 y 10 de la Orden ESS/2518/2013, de 26 de diciembre, conforme a la disposición transitoria segunda del Real Decreto 1065/2025.
Nuevas cuantías de los módulos económicos
La principal novedad de la resolución radica en la actualización de los módulos económicos previstos en el artículo 8 de la Orden ESS/2518/2013, cuantías que permanecían inalteradas desde el año 2013.
La actualización se justifica en la variación acumulada del IPC entre diciembre de 2013 y diciembre de 2025, fijada por el INE en un 26,7 %.
En consecuencia, las nuevas cuantías financiables quedan establecidas en:
- Modalidad presencial: de 8 euros a 10,10 euros por hora y participante.
- Modalidad de teleformación o a distancia: de 5 euros a 6,30 euros por hora y participante
Estas cuantías podrán aplicarse respecto de aquellos contratos de formación en alternancia que tengan derecho a bonificación conforme a la normativa vigente.
Entrada en vigor
La resolución establece expresamente en su apartado tercero que entrará en vigor “el primer día del mes siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»”.
Dado que la publicación oficial se produce el 8 de mayo de 2026, la entrada en vigor efectiva de las nuevas cuantías tendrá lugar el 1 de junio de 2026.
A partir de dicha fecha, las empresas podrán aplicar los nuevos importes bonificables en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social correspondientes a la financiación de la actividad formativa inherente al contrato de formación en alternancia.
La medida supone una actualización relevante del sistema de financiación de la formación dual en el ámbito laboral, adaptando los módulos económicos a la evolución de los costes formativos tras más de una década sin revisión normativa.
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Publicado el 29 de Mayo de 2026
Por Eloy Cuacos
Departamento Jurídico
