EL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE EN TU COMUNIDAD

EL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE EN TU COMUNIDAD

Según los datos estadísticos que nos emite el SEPE en lo que llevamos de año, 2021, llevaríamos más de 8000 Contratos de Formación y Aprendizaje

 

En cuanto al análisis de los datos que ofrecemos en el gráfico anterior, podemos observar cuales son las Comunidades Autónomas que más se están aprovechando de las ventajas que ofrece esta modalidad contractual, como se puede observar, estas Comunidades son la Comunidad Valenciana, Galicia y Madrid, seguidas de Castilla y León y Andalucía. Por otro lado, podemos observar que Ceuta y la Rioja no realizan este tipo de contratos. 

Más del 80% de estas cifras son contratos formativos destinados al sector servicios. Teniendo en cuenta la situación que estamos atravesando, estas cifras son muy alentadoras y nos anticipa el devenir de la contratación para este año 2021.

Ante la crisis socio-sanitaria y económica en la cual nos encontramos y de la cual se espera que sigamos sumergidos, durante un tiempo indeterminado, debemos conocer las consecuencias que nos presenta una contratación laboral y las numerosas ventajas que nos ofrece el Contrato de Formación y Aprendizaje, tanto es así que en la actualidad no existe otro tipo de contrato laboral que ofrezca los beneficios que ofrece este. 

Entre las ventajas que este nos presenta están:

  • Derecho a una reducción del 100% en las cuotas de la Seguridad Social.
  • Bonificación del 100% de la formación, es decir los estudios vinculados a este contrato no tienen ningún coste para la empresa. 
  • Reducción de 1.500€ durante 3 años al convertir un contrato en indefinido, 1.800€ en casi de ser mujer.
  • Bonificación en concepto de costes de tutorización de la empresa, esta se trata de una cantidad mensual de 60€-80€, que variará en función del volumen de plantilla que tenga la empresa.
  • No existen limitaciones en el número de contratos llevados a cabo.
  • No exigen mantenimiento de plantilla.
  • Permite la obtención de empleados cualificados.
  • No exige devolución de las cantidades aplicadas, en caso de tener que despedir al trabajador, esta modalidad NO EXIGE la devolución de los beneficios aplicados en Seguridad Social o bonificación de la formación. 
  • El autónomo puede contratar a su hijo y beneficiarse de las bonificaciones y reducciones. Con la peculiaridad de no tener derecho a desempleo si convive con él.
  • El trabajador percibirá prestación por desempleo y cobertura total de la Seguridad Social.
  • La formación que recibe el trabajador es de Certificado de Profesionalidad.

Contacta con nosotros y nos encargaremos de todas las gestiones necesarias y posterior formación, para llevar a cabo el contrato.

 

 

Publicado el 26 de Marzo de 2021
Por Néftaly Blanco
Responsable de Contratos de Formación y Aprendizaje

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