BONIFICACIONES Y AHORRO DE COSTES: POR QUÉ LAS EMPRESAS DEBEN APOSTAR POR EL CONTRATO DE FORMACIÓN EN ALTERNANCIA
El contrato de formación en alternancia es una modalidad del contrato formativo que combina trabajo remunerado con formación teórica. Su régimen jurídico fundamental se encuentra en el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores y en su norma de desarrollo, el Real Decreto 1065/2025. Asimismo, le resulta de aplicación la normativa de Seguridad Social, en particular la Ley General de la Seguridad Social, así como la correspondiente Orden anual de cotización, que regulan los aspectos relativos a afiliación, bases y tipos de cotización, además de los incentivos y bonificaciones asociados a esta modalidad contractual.

En la práctica, esta modalidad de contrato resulta especialmente útil para las empresas que necesitan incorporar talento cualificado, al tiempo que les permite optimizar sus costes laborales. De este modo, las personas trabajadoras adquieren competencias que pueden aplicar directamente en su puesto, mejorando su cualificación profesional, mientras que las empresas pueden beneficiarse de ventajas económicas que reducen el coste efectivo del contrato.
Para el año 2026, se establecen una serie de bonificaciones específicas para los contratos de formación en alternancia:
- 91 € mensuales de bonificación sobre las aportaciones empresariales a la Seguridad Social durante toda la vigencia del contrato y sus prórrogas.
- 28 € mensuales en las cuotas correspondientes a la persona trabajadora y conceptos de recaudación conjunta.
- Bonificaciones adicionales por costes de formación y tutorización, que pueden alcanzar entre 60 € y 80 € mensuales, dependiendo del número de personas trabajadoras de la plantilla.
Estas bonificaciones se aplican sobre las cotizaciones por contingencias comunes y profesionales, desempleo, formación profesional y Fondo de Garantía Salarial, haciendo que, en la práctica, el coste por seguros sociales sea muy reducido. Recordemos que el Mecanismos de Equidad Intergeneracional (MEI) que asciende a unos 11 euros, no es objeto de bonificación.
El impacto de estas bonificaciones va más allá del simple ahorro, permitiendo a las empresas optimizar su estructura de costes mientras invierten en la formación de las personas trabajadoras que, desde el inicio, contribuyen a la productividad y al desarrollo interno. Además, las bonificaciones se aplican durante toda la vigencia del contrato y pueden complementarse con incentivos adicionales si la persona contratada se convierte en indefinida al finalizar, fomentando la retención y estabilidad del talento.
Uno de los principales valores del contrato de formación en alternancia es su efecto formativo. La alternancia entre trabajo y formación permite que los conocimientos teóricos se integren de manera práctica, adaptándose a los procesos internos y a las necesidades productivas de la empresa, haciendo que las personas trabajadoras adquieran competencias concretas y aplicables al trabajo real generando una integración en los procesos internos de la entidad desde el primer día.
Este enfoque permite que la formación no sea solo un requisito formal, sino un instrumento de inversión en capital humano, generando un impacto positivo tanto en la productividad como en la calidad del trabajo.
Para poder acceder a estas bonificaciones, las empresas deben cumplir, entre otros, los siguientes requisitos legales:
- Duración mínima del contrato (mínimo 3 meses, máximo 2 años).
- Edad y nivel de estudios del trabajador.
- Compatibilidad entre la formación teórica y la actividad laboral.
- Formalización de convenios con entidades educativas para asegurar que la formación se ajuste a los contenidos oficiales.
Cumplir con estos requisitos garantiza la validez de las bonificaciones, evita posibles sanciones y asegura que la inversión formativa tenga impacto real en la cualificación del trabajador.
En definitiva, teniendo en cuenta los incentivos económicos vigentes en 2026 y el valor formativo que ofrece, el contrato de formación en alternancia se presenta como una opción estratégica, reduciendo costes laborales y permitiendo desarrollar talento altamente cualificado. Así, para las empresas, representa una inversión en capital humano, productividad y competitividad; mientras que, para los trabajadores, constituye una vía de inserción laboral cualificada, con formación práctica y oportunidades de crecimiento profesional.
Desde Grupo Data, como centro de formación acreditado (código de centro 8000001582), te ofrecemos un servicio de asesoramiento integral para la tramitación y gestión de los Contratos de Formación en Alternancia.
Publicado el 27 de Febrero de 2026
Por Eloy Cuacos
Departamento Jurídico
